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El Tribunal Constitucional anula la declaración unilateral de independencia de Cataluña

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado este miércoles la declaración unilateral de independencia aprobada por el Parlament el 27 de octubre y que con anterioridad ya había suspendido cautelarmente, según EFE.

El Tribunal Constitucional anula la declaración unilateral de independencia de Cataluña

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado este miércoles la declaración unilateral de independencia aprobada por el Parlament el 27 de octubre que con anterioridad ya había suspendido cautelarmenteEl pleno del Constitucional ha decidido, además, interponer una denuncia por desobediencia a sus sentencias a la expresidenta de la Cámara autonómica, Carme Forcadell, y a dos de los integrantes de la Mesa.

Se trata de las medidas que había solicitado el Gobierno español en su recurso, que jurídicamente se denomina incidente de ejecución. En ese recurso el Ejecutivo advertía de los «evidentes efectos jurídicos y vinculantes» de la declaración secesionista, que fue aprobada en una votación secreta por setenta votos a favor, dos abstenciones y diez votos en contra, mientras más de medio centenar de diputados abandonaba el hemiciclo en desacuerdo con la iniciativa.

La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Ricardo Enríquez, afirma que la norma impugnada contraría “de modo explícito, principios esenciales e indisociables de nuestro ordenamiento constitucional: la soberanía nacional, residenciada en el pueblo español, la unidad misma de la Nación constituida en Estado social y democrático de derecho y la propia supremacía de la Constitución, a la que están sujetos todos los poderes públicos y también, por tanto, el Parlamento de Cataluña”, según publica el Constitucional en su página web. 

Asimismo, la nota de prensa añade con respecto al derecho a la autonomía que la Constitución reconoce a las nacionalidades y regiones que integran España “no es ni puede confundirse con la soberanía” y acota que un “derecho de autodeterminación”, entendido como derecho a “promover y consumar” la secesión unilateral del Estado no está reconocido en la Constitución, ni cabe aducir que forme parte de nuestro ordenamiento por vía de tratados internacionales de los que España es parte ni tampoco encuentra fundamento en el derecho internacional”.

El Tribunal Constitucional tenía un plazo máximo de cinco meses para ratificar o levantar la suspensión y ha resuelto en menos de diez días. En el recurso, además, el Gobierno español reclamó al Constitucional que anulara urgentemente la declaración al considerar que podía «producir efectos jurídicos propios y no meramente políticos», en lo que considera el «atentado más grave contra el orden constitucional».

Carme Forcadell y otros cinco miembros de la Mesa del Parlamento autonómico están convocados mañana jueves ante el Tribunal Supremo para prestar declaración por los supuestos delitos de rebelión y sedición, entre otros.

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