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La juez Lamela cita a Trapero por otro supuesto delito de sedición

La juez de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, ha citado para el viernes próximo a las 09.00 horas como investigado al ex mayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluis Trapero, por un nuevo delito de sedición, en relación con los hechos ocurridos el 1 de octubre de 2017 con motivo del referéndum de autodeterminación convocado por la Generalitat y anulado por el Tribunal Constitucional.  

La juez Lamela cita a Trapero por otro supuesto delito de sedición

La juez de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, ha citado para el viernes próximo a las 09.00 horas como investigado al ex mayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluis Trapero, por un nuevo delito de sedición, en relación con los hechos ocurridos el 1 de octubre de 2017 con motivo del referéndum de autodeterminación convocado por la Generalitat y anulado por el Tribunal Constitucional.  Lamela ya le imputó un presunto delito de sedición por los acontecimientos ocurrido los días 20 y 21 de septiembre en Barcelona, dejándolo en libertad, mientras que ordenó prisión incondicional para Jordi Sánchez y Jordi Cuixart.

En su auto de este lunes, la juez ha citado también para el viernes, pero como testigo, el comisario Ferrán López, a quien el ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, designó para sustituir a Trapero después de que éste fuera imputado por Lamela y posteriormente cesado al amparo del artículo 150 de la Constitución, puesto en marcha tras la declaración unilateral de independencia.

La juez explica en su escrito que, a lo largo de la investigación desarrollada, se han averiguado otros hechos que indican que la actuación de los Mossos prevista en un principio para impedir la celebración del referéndum, lejos de ello “fue dirigida a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia” .

Con esta finalidad, según relata Lamela en su auto, “se diseñó un plan premeditado para evitar actuar, que procedía de la cúpula policial de Mossos d’ Esquadra, cúpula comandada por Josep Lluis Trapero y en conexión directa con los miembros del comité estratégico”. La conducta de los Mosos, según Lamela, desde el día 20 de septiembre hasta la fecha del referéndum el 1 de octubre, “ enmascarada bajo los principios de actuación policial de proporcionalidad, congruencia y oportunidad, fue de total inactividad”.

Por todo esto, la juez concluye que la finalidad inmediata de Trapero estaba orientada “a facilitar la celebración del referéndum y con ello la proclamación de una república catalana, independiente de España, siendo consciente de que desarrollaba una actuación al margen de las vías legales, desatendiendo el mandato recibido desde el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y en contra de las decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional”.

Tales hechos  podrían constituir, según Lamela, dos delitos de sedición por los hechos ocurridos los días 20 y 21 de septiembre y del 1 de octubre, que podrían calificarse «como constitutivos de un delito de organización criminal del art. 570 bis del Código Penal”.

La juez añade que pese a que al fiscal jefe de Cataluña y el coordinador enviado por el Ministerio del Interior para coordinar las fueras y cuerpos de seguridad del Estado, Diego Pérez de los Cobos, avisaron a Trapero del Plan de Actuación previsto y de que este se comprometiera a «modificar las instrucciones dadas», el entonces mayor de los Mossos «nunca llegó a realizar ninguna modificación, dirigiendo su actuación conforme al Plan originario”, concluye Lamela.

En su escrito, Lamela pide también a la Secretaría de Estado de Interior que le remita el instrumento por el que se nombró a Diego Pérez de los Cobos para coordinar el dispositivo de seguridad en la jornada del referéndum, en cumplimiento del mandato del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En este punto, la juez pide que se le informe sobre las competencias y responsabilidades que se le atribuyeron, así como las comunicaciones que se efectuaron del citado nombramiento a diferentes instituciones y organismos.

La juez también se dirige a los Mossos d’Esquadra para que le informen sobre la forma en que se les comunicó el operativo del 1 de octubre, la identidad de las personas que lo hicieron, los medios escritos u orales utilizados, las pautas de actuación, las órdenes recibidas, la identidad de los jefes de la unidad de la Brigada Móvil (Brimo) y de la unidad especializada Arro que se encontraban de servicio aquel día, así como las composición y funcionamiento de la cadena de comunicaciones internas entre los agentes que se encontraban de servicio durante la jornada.

Por último, la juez requiere a la Guardia Civil de Cataluña, como unidad de policía judicial, que identifique a los agentes de los Mossos que realizaron actuaciones de vigilancia sobre los cuarteles de la Guardia Civil y comisarías de Policía Nacional el 1 de octubre.

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