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La juez Lamela rechaza entregar el caso de sedición a los juzgados de Barcelona

La juez de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, ha rechazado declinar su competencia a favor de los juzgados de instrucción de Barcelona, tal y como habían solicitado los presidentes de la Asociación Nacional y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente, en la causa abierta contra ellos por un presunto delito de sedición relacionado con los hechos ocurridos los días 20 y 21 de septiembre en Barcelona.

La juez Lamela rechaza entregar el caso de sedición a los juzgados de Barcelona

Reuters

La juez de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, ha rechazado declinar su competencia a favor de los juzgados de instrucción de Barcelona, tal y como habían solicitado los presidentes de la Asamblea Nacional y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente, en la causa abierta contra ellos por un presunto delito de sedición relacionado con los hechos ocurridos los días 20 y 21 de septiembre en Barcelona.

A ambos, a los que considera protagonistas «esenciales» en las protestas ocurridas tras la aprobación en el Parlament de las leyes de desconexión, los ha citado de nuevo para el próximo lunes 16, tras recibir nueva documentación. Lamela ha citado también al comisario jefe de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero. Los tres investigados ya acudieron a declarar a la Audiencia Nacional el pasado día 6.

La juez, en su escrito emitido este miércoles, reitera que en estas diligencias se está investigando un delito de sedición «que persigue cambiar ilegalmente la organización del Estado y, por tanto, es competencia de la Audiencia Nacional». La magistrada añade que, con la nueva información obtenida, es posible adelantar que los hechos investigados no constituyen un hecho aislado, sino que se enmarcan dentro de una estrategia compleja “con la que desde hace tiempo vienen colaborando los investigados Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, en ejecución de la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independencia de Cataluña y donde ambos forman parte de un comité estratégico con unas funciones concretas a ejecutar”.

La juez subraya que la actividad de Sánchez y Cuixart tras la aprobación de las leyes de desconexión y de la Ley de convocatoria del referéndum, «resultaba esencial para dirigir todas las sinergias independentistas en una misma dirección que culminase con la movilización de la totalidad de la sociedad catalana que comulgaba con la tesis soberanista y que esta movilización fuera de tal envergadura que pudiese arrastrar a la masa de indecisos hacia sus intereses independentistas. Esta función estaría dirigida, entre otros por las entidades soberanistas ANC, presidida por Jordi Sánchez, y Òmnium Cultural, presidida por Jordi Cuixart”.

Los abogados de los presidentes de la ANC y Òmnium Cultural solicitaron la inhibición de la causa a favor de los juzgados de instrucción de Barcelona con el argumento de que el delito de sedición no es competencia de la Audiencia Nacional y aportaron sentencias dictadas por otros tribunales españoles en relación con este delito.

La juez ya explicó que no todos los delitos de sedición son competencia de la Audiencia Nacional, sino sólo los que, además de atentar contra los bienes jurídicos protegidos que le son propios, puedan suponer al mismo tiempo una ofensa contra la forma de gobierno que persigue cambiar ilegalmente la organización del Estado, como a su entender ocurre en este caso.

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