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Absueltos los miembros de la 'cúpula de Anonymous' en España

El juzgado número 3 de Gijón ha absuelto a los tres acusados por no haber encontrado pruebas concluyentes para proceder a la condena. El Cuerpo Nacional de Policía consideraba que las tres personas detenidas formaban parte de la cúpula de Anonymous en España, pero tras el juicio han quedado absueltos de todos los cargos que se les imputaban. La Fiscalía pedía penas de cinco años y cuatro meses de prisión para dos de los acusados, y de cinco años para el tercero. Las respectivas defensas solicitaron la libre absolución de sus representados y alegaron con carácter previo cuestiones relativas a la vulneración de derechos fundamentales y la irregularidad de las pruebas practicadas. Finalmente, la jueza instructora ha concluido que no existen pruebas suficientes de que los acusados realizaran acciones criminales bajo el nombre de Spanish Revolution en 2011, ni que participaran en el ataque V de Votaciones contra las páginas web de PP, PSOE y CiU.

Absueltos los miembros de la ‘cúpula de Anonymous’ en España

Reuters

Tras el juicio en el que la fiscalía pedía cinco años de prisión para los tres supuestos miembros de la «cúpula de Anonymous» en España, los inculpados han sido absueltos por falta de pruebas. Se les acusaba de formar parte de la cúpula española del colectivo informático perpetrando un delito de pertenencia a grupo criminal y de organizar un ataque para bloquear las páginas web del Congreso, de la Junta Electoral y de UGT.

El juzgado número 3 de Gijón ha absuelto a los tres acusados por no haber encontrado pruebas concluyentes para proceder a la condena. El Cuerpo Nacional de Policía consideraba que las tres personas detenidas formaban parte de la cúpula de Anonymous en España, pero tras el juicio han quedado absueltos de todos los cargos que se les imputaban. La Fiscalía pedía penas de cinco años y cuatro meses de prisión para dos de los acusados, y de cinco años para el tercero. Las respectivas defensas solicitaron la libre absolución de sus representados y alegaron con carácter previo cuestiones relativas a la vulneración de derechos fundamentales y la irregularidad de las pruebas practicadas. Finalmente, la jueza instructora ha concluido que no existen pruebas suficientes de que los acusados realizaran acciones criminales bajo el nombre de Spanish Revolution en 2011, ni que participaran en el ataque V de Votaciones contra las páginas web de PP, PSOE y CiU.

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