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La Audiencia de Madrid rechaza retirar la fianza de 18 millones de euros a Rato

La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado retirar la fianza de 18 millones de euros impuesta por el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid al expresidente de Bankia Rodrigo Rato, por considerar que es el juez de instrucción quien debe decidir sobre esta medida.

La Audiencia de Madrid rechaza retirar la fianza de 18 millones de euros a Rato

La Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado retirar la fianza de 18 millones de euros impuesta por el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid al expresidente de Bankia Rodrigo Rato, que se encuentra cumpliendo condena en la cárcel madrileña de Soto del Real por el caso de ‘las tarjetas black’, por considerar que es el juez de instrucción quien debe decidir sobre esta medida.

En julio de 2018, el juzgado ya denegó a Rato la solicitud de reducción de la fianza que le había impuesto en el año 2015.

Tras esta decisión, el ex vicepresidente del Gobierno recurrió a la Audiencia Provincial de Madrid que, en un texto con fecha del 18 de diciembre, reitera que no hay argumentos que justifiquen la retirada de la fianza.

La sección 23 de la Audiencia de Madrid recuerda que ya había decidido que el importe de la fianza debería fijarse atendiendo a las cantidades presuntamente defraudadas por Rato.

Además, en el auto de diciembre se aclara que existen “sólidos indicios” de que la regularización del patrimonio exterior de Rato se hizo “en una cuantía muy inferior a la real”, así como que resulta suficiente “una sencilla operación aritmética” para “cerciorarse de la prudencia” con la que se fijó la fianza.

La defensa tiene “todo el derecho” a contradecir los informes de la acusación, pero es el juez instructor el que, “valorando una y otra posición”, da “una respuesta realmente motivada”, recuerda la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid.

Por esta razón, señala, la atribución de la fianza no corresponde a este tribunal, cuya labor “no es asumir la adopción de las decisiones capitales sobre el curso de la investigación, sino revisar el ajuste a Derecho de las que ha de adoptar el juzgado de instrucción”.

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