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Condenado a año y medio de cárcel por abuso sexual a una menor en Ávila

La sentencia también prohíbe al condenado, de 73 años, a acercarse a la joven en un radio de 200 metros

Condenado a año y medio de cárcel por abuso sexual a una menor en Ávila

La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a un hombre de 73 años a un año y seis meses de cárcel por un delito de abuso sexual cometido contra una menor de 16 años a mediados de noviembre de 2018 y ha rechazado suspender la ejecución de la pena debido a que tiene antecedentes. La sentencia, facilitada este lunes por fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, también prohíbe al condenado a acercarse a la joven en un radio de 200 metros «de su persona, domicilio y centro escolar, así como a comunicarse con la misma por cualquier medio o procedimiento durante dos años».

También fija el fallo el pago de una indemnización de 3.000 euros a la joven por los «perjuicios originados» por el abuso sexual, una cantidad que ya ha sido abonada por el condenado. La Audiencia Provincial ha rechazado suspender la ejecución de la pena impuesta al procesado, natural de Alemania y con domicilio en la capital abulense, por entender que «no procede», al haber sido condenado previamente por «exhibicionismo y provocación sexual con víctima menor» en mayo de 2015. Además, este antecedente penal «no es cancelable ni está en condiciones de serlo», ya que para ello es necesario que transcurran tres años, que no se cumplirán hasta el 5 de mayo de 2020. Igualmente, el tribunal no ha constatado «nada que permita considerar que las circunstancias personales, su conducta u otras circunstancias externas permitan inferir que su actitud haya cambiado, máxime cuando ha resultado condenado en dos ocasiones por delitos conexos».

La pena es fruto de un acuerdo alcanzado entre el Ministerio Fiscal y la acusación particular, antes de la celebración del juicio, contando con la «conformidad del acusado y su letrado». El fallo tiene en cuenta la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante «analógica» de «reparación del daño» —al haber abonado los 3.000 euros—, y de «alteración psíquica», ya que en el momento del abuso sexual «tenía alteradas sus capacidades intelectuales y volitivas, a consecuencia del trastorno adaptativo que padece». Los hechos probados señalan que en torno al 15 de noviembre, la menor se encontraba en el domicilio del agresor al cuidado de la madre del ahora condenado, quien «mantiene desde hace años una estrecha amistad con la madre de la niña».

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