THE OBJECTIVE
Andrea Fernández Benéitez

El maricón y justicia

«El Derecho no es, se crea. El Derecho está tan vivo como las sociedades que ordena y es útil cuando sirve a la justicia observando, escuchando y transformando, no cuando construye lógicas que apuntalan lo establecido»

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El maricón y justicia

Brais Lorenzo | EFE

Hace escasos días conocíamos el terrible asesinato de Samuel, un joven gallego de apenas 24 años que fallecía tras recibir una brutal paliza. Según ha trascendido a los medios de comunicación, el joven habría sido agredido a la salida de una discoteca por una turba de personas que durante la letal agresión profirieron insultos homófobos contra la víctima. Honestamente, me hiela la sangre pensar que una de las últimas expresiones que escuchó Samuel antes de morir es «maricón». Supongo que no puedo ni imaginar lo que tuvo que suponer para él encontrar la muerte entre tanto sufrimiento físico y tanta humillación. Es desolador.

Con la dureza de estos hechos contrasta uno de los debates a los que hemos asistido estos días: si el móvil del crimen es el odio. Que la conversación pública está marcada por una suerte de legalismo es quizás un hecho, y no necesariamente malo. Sin embargo, sí abre la puerta a algunas reflexiones sobre la concepción general de la Justicia y su relación con las leyes.

Quienes se dedican a elaborar teorías de la justicia tienen motivos para abandonar las circunstancias concretas de cada sociedad, es decir, para pensar fuera de la dimensión social porque su ambición está -o debe estar- en el uso de la razón como pauta para definir lo justo. Parece evidente que sin teorías de la justicia con vocación universal y fundamentos independientes sería muy difícil diferenciar entre reivindicaciones justas y prejuicios sociales o reclamos fundamentados en el poder. Esta idea es la que sostiene generalmente la elaboración de las normas que ordenan nuestra convivencia. Sin embargo, resulta muy difícil definir un concepto de justicia ajeno al contexto social pero capaz de detectar las injusticias que surgen en él: si una teoría de la justicia es realmente universal e independiente de las dinámicas sociales e instituciones que la vertebran puede suceder que sea demasiado abstracta para ser útil.

Expuesto esto, resulta inevitable que, para medir lo justo o lo injusto el discurso deba contar al menos algunas premisas que deriven del contexto social del que nace. Quizás por esto, la reflexión racional sobre la justicia tiene que partir no tanto de la observación sino de la escucha porque el concepto de justicia supera al que reflexiona y apela a todo un conjunto de personas que deben convivir. Pudiera ser que la reflexión sobre la justicia elabore solo argumentos pero no demostraciones definitivas; argumentos que deben ser respondidos e intercambiados en el seno de un debate político plural.

Hago estas referencias porque me resultan especialmente preocupantes las argumentaciones que pretenden ser asépticas o distantes ante las injusticias materiales que de tanto en cuanto nos arrollan, especialmente en lo tocante a la diversidad social. El propio concepto de justicia y su aplicación son extremadamente complejos e incluso la definición de categorías como ciudadanía, imparcialidad o racionalidad están marcados por sesgos que actúan como verdades hegemónicas, así lo han criticado, por ejemplo, algunos análisis feministas contemporáneos en relación con la dominancia del discurso masculino en todos los campos. Esta reflexión entronca con el caso de Samuel porque, como individuos, no podemos aspirar a que el Código Penal defina nuestro juicio moral sobre los hechos. Las leyes actúan como lo que son: grandes consensos para la convivencia pacífica, no obstante, están sujetas a cambios, mejoras, transformaciones, ampliaciones y reconsideraciones. También en sentido contrario.

En la práctica, la distancia que separa lo existente de lo deseable no está definida por una idea de lo justo, sino por la pulsión de cambio que marca la crítica social. Uno de los grandes retos legislativos, y que provocan grandes colisiones sociales, es precisamente seguir integrando la diferencia en leyes y reglamentos, asumiendo que la realidad se ve superada por una neutralidad jurídica que no siempre es tal. No podemos olvidar que obviar la diferencia ha formado parte importante de la estructuración del pensamiento occidental.

Con esto no pretendo caer en el relativismo pero sí señalar que pensar la realidad es asumir muchos matices que ni el ámbito académico ni la formulación de las normas aún contemplan plenamente, aunque es cierto que conquistas como algunas presunciones o la discriminación positiva han marcado un camino interesante por el que debemos seguir. El Derecho no es, se crea. El Derecho está tan vivo como las sociedades que ordena y es útil cuando sirve a la justicia observando, escuchando y transformando, no cuando construye lógicas que apuntalan lo establecido.

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