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Paco Reyero

La Junta Electoral Central, un enigma cuántico

«Avanzando el XXI, nuestra democracia no parece preparada para garantizar su calidad electoral, ni para frenar la utilización fraudulenta de la red»

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La Junta Electoral Central, un enigma cuántico

Reuters

Uno de los chispazos del arranque de campaña, que paren de leer los que crean en el poder reparador de las instituciones porque esta historia no acaba embridando el abuso electorero, ha sido la apertura de un expediente al presidente en funciones por parte de la Junta Electoral Central. Pedro Sánchez concedió una entrevista a Antonio García Ferreras para La Sexta en el Palacio de la Moncloa y tal circunstancia provocó una reacción, oxidada por la falta de recursos y estructura, del organismo que vela por la limpieza en las elecciones generales.

La decimonónica institución ya había apercibido previamente a la vicepresidenta, Carmen Calvo y a las ministras María Jesús Montero e Isabel Celáa por posible incumplimiento del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Regimen Electoral General. Este señala que “desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado directa o indirectamente por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por algunas de las formaciones concurrentes a las elecciones”.

Al igual que a Pedro Sánchez, a la ministra portavoz se le abrió finalmente expediente, cuya conclusión, como en el caso del presidente en funciones, siempre ha de llegar después del 10N. Para ambos procesos, la LOREG, en su artículo 153.1, contempla una multa: entre 300 y 3.000 euros máximo que, al margen de lo ridículo o equilibrado de la sanción -juzgen ustedes-, en ningún caso corrige el uso de recursos públicos con fines partidistas ejecutado en campaña. El infractor suele conseguir su propósito.

La nueva JEC, compuesta por ocho magistrados del Tribunal Supremo y cinco vocales elegidos según la representación en el Congreso de los Diputados merced al Decreto 533 publicado el pasado 17 de septiembre, ha suscrito por unanimidad la apertura del expediente. Aunque algunos de sus miembros discreparon, consideran que la acumulación de apercibimientos (Calvo, Montero, Celáa) al Gobierno socialista ha acabado justificando la investigación al presidente en funciones.

Fuentes de la Junta Electoral Central asumen que es la opinión pública la encargada de difundir sus “expedientes”. Y también la opinión pública, la vicaria que depura, en términos de controversia tertulianesca, telediarios, radios, aludes en redes y medios en general, las infracciones. De esa manera, el sufrido votante acaba percibiendo el fraude y actúa en consecuencia, orientando su voto. En este enigma cuántico se mueve la JEC: o interviene pero sin intervenir o presenta su (tenue) intervención ante hechos irreparables, a posterori.

Contrito ante el rayo de justicia de la JEC (o de la opinión pública), el presidente en funciones concedió otra entrevista en La Moncloa esta semana a Más de Uno de Onda Cero. Su antecesor en el cargo, Mariano Rajoy, también acordó una entrevista televisiva en los días previos a la celebración de las elecciones de diciembre de 2015. Opiniones en la JEC creen que ambos casos son similares y se pueden justificar por el engorroso (seguridad, costes, agenda) desplazamiento de un presidente del Gobierno.

Ceder a la opinión pública la aplicación de la Ley Orgánica del Regimen Electoral General, recuerda a aquella sentencia de Curro Romero, que no llegaba a comprender a los toreros jóvenes, sólo temerosos del público y no tanto del toro, cuando para él toda la consideración era para el toro, entendido aquí como la ley. En casos flagrantes -más flagrantes que los expuestos-, el organismo está obligado a recurrir a la justicia, pero no se conocen decisiones significativas de respuesta.
Descartada la posibilidad de que la JEC combata las ilegalidades de los partidos con eficacia -la JEC se reúne una vez al mes cuando no hay elecciones y una vez a la semana en periodo electoral y sus miembros lo son por cada legislatura-, el episodio de Pedro Sánchez sí ayuda a entender la consolidada falta de medios y la ineficacia del sistema español. Este es incapaz de garantizar el cumplimiento de la Ley Orgánica de Regimen Electoral General, incluso aunque siguieran vigentes las condiciones electorales del siglo XX.

El periodista José María Arenzana ha escrito que: “La ley estipula que la Administración electoral, distinta de la Administración convocante, ha de vigilar a ésta última contando con sus propios medios y no supervisando el proceso informático (al que ni siquiera se menciona en la LOREG), sino comprobando y sumando acta por acta (de papel). Progresivamente, la informática está opacando todo el proceso a ojos de la Junta Electoral Central, que no dispone de medios para supervisar esos procesos digitales y ni siquiera de una legislación actualizada en la que apoyarse”.

Avanzando el XXI, nuestra democracia no parece preparada para garantizar su calidad electoral, ni para frenar la utilización fraudulenta de la red, ni para taponar la proliferación de patrañas a través de robots, plataformas y redes.

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