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Guadalupe Sánchez

'Caso ERE': la verdad sobre la condena a Chaves y Griñán

«Ese sistema de ayudas totalmente opaco, que redundó durante quince años en beneficio de personas del entorno del partido, colaboró sin duda alguna a que el PSOE andaluz se perpetuase en el poder»

Opinión
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‘Caso ERE’: la verdad sobre la condena a Chaves y Griñán

Los expresidentes andaluces Chaves y Griñán | Europa Press

La política ha decidido ignorar la realidad en la medida en la que le resulta incómoda y centrarse en la construcción de un relato donde el dogma reemplaza al hecho, creando así el caldo de cultivo propicio para la deshumanización del adversario político.

El director mueve la batuta y el coro entona la consigna del día. La repiten una y otra vez, como un estribillo machacón. Hace no tanto tiempo nos mataba la pobreza energética, pero ahora es el cambio climático provocado por el despilfarro de energía el que nos aniquila a base de incendios, ahogamientos y hasta migración de nuestros jóvenes talentos a latitudes donde aprieta menos el calor. Y no se le ocurra a usted cuestionar el reparto gubernamental de responsabilidades señalando que la gran mayoría de los incendios son provocados de forma accidental o intencionada por el hombre, o que la gente se marcha a otros países en busca de mejores condiciones y oportunidades laborales: o tarareas la cantinela políticamente correcta, o eres un miserable negacionista. 

Hemos llegado a un punto en el que no importa lo verdaderamente acontecido sino lo que los relatores gubernamentales afirman que aconteció, lo que lleva a que se ignoren, tergiversen o manipulen hasta los relatos de hechos probados de las sentencias. Y si no me creen, echen un vistazo a las reacciones de muchos políticos y periodistas ante la noticia de la confirmación por el Tribunal Supremo de la sentencia de la Audiencia Provincial que condenó a los expresidentes andaluces Chaves y Griñán por la trama de los ERE. No han dudado ni en intentar victimizarlos, bien estableciendo agravios comparativos con otros casos de corrupción, bien minimizando la gravedad de los delitos y la trascendencia social que su comisión tuvo para el pueblo andaluz, que fue y es la auténtica víctima de los tejemanejes del socialismo para perpetuarse en el poder.

Por más que se empeñen los aduladores habituales, lo que relatan los hechos probados de la sentencia que ha confirmado el Supremo es la construcción por el PSOE-A de una trama financiera que, desde la Consejería de Empleo, tejió una red clientelar de compra de voluntades con dinero público con el objetivo último de mantenerse en el gobierno de la Junta. La sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla es larga, farragosa y compleja ya que, en apenas unos cientos de páginas, no sólo describe los hechos que determinan la condena de los acusados, sino su forma de concebir el ejercicio del poder y la forma en la que retorcieron e instrumentalizaron las instituciones para reducir la democracia a una mera cuestión nominal: que los andaluces votaran con el estómago y no con la cabeza.

Como el contenido de la sentencia de nuestro Alto Tribunal no se hará público hasta septiembre, les voy a resumir el contenido de la dictada en 2019 por la Audiencia Provincial de Sevilla recurriendo a las seis W del periodismo. Comprobarán así la enorme distancia entre lo que declara esta resolución y lo que afirman los telepredicadores del gobierno y sus aledaños.

Quién, qué y dónde

El caso analizado en la sentencia gira en torno a las ayudas que la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía creó con la finalidad, al menos sobre el papel, de garantizar un nivel mínimo de ingresos a los trabajadores andaluces afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE), hasta que alcanzasen la jubilación.

Cómo y cuándo

Durante la década de los noventa, la ausencia de una norma específica sobre la forma en la que debían tramitarse y aprobarse estas ayudas llevó a la Junta a acudir al sistema previsto para las subvenciones extraordinarias. La tramitación de estas subvenciones se fiscalizaba por la intervención de la Consejería (lo que vendría a ser una suerte de auditores internos).

Como consecuencia de esta fiscalización, se reveló que muchos de los expedientes presentaban graves deficiencias que hacían sospechar sobre el objetivo verdaderamente perseguido con la subvención: en lugar de ayudar a los trabajadores cuyos contratos se habían extinguido como consecuencia del ERE, se estaría ayudando a la empresa, algo que no sólo resultaba contrario a la propia finalidad de la subvención, sino a la normativa europea, que prohíbe las ayudas otorgadas por el Estado a empresas en la medida en que falsean la competencia.

Para la Consejería de la Junta, este sistema de fiscalización y control sobre el destino de las ayudas dificultaba una resolución rápida de una situación que «alteraba la paz social de la Comunidad Autónoma», por lo que decidió idear un sistema alternativo más «ágil», que, como era de prever, fue evolucionando en el tiempo hacia una mayor opacidad y ausencia alguna de control sobre los fondos, causando a la postre una merma millonaria en las arcas públicas de esa Comunidad que no redundó, ni mucho menos, en un aumento de los ingresos de los trabajadores a los que supuestamente se debía ayudar.

A partir del año 2000 se aprobaron por los condenados una serie de modificaciones en los presupuestos de la Junta que, bajo el pretexto de lograr una mayor rapidez en la concesión y pago de las ayudas, pretendían eludir los controles previos. Lo que se hizo, explicado de una manera entendible para el común de los mortales, fue sustituir al destinatario de los fondos: mientras que hasta el año 2000 los fondos se destinaban a empresas privadas con el objeto de crear empleo, a partir de ese año quien aparecía como destinatario era un organismo público, el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA, luego denominado IDEA). La diferencia no es baladí, porque mientras que las transferencias a empresas privadas exigen que se confeccione un expediente en el que se acredite en qué se ha gastado concretamente ese dinero, las transferencias de financiación a entes dependientes de la Junta, como el IFA, no. Pero como para utilizar la transferencia de financiación es necesario acreditar primero que hay una pérdida que necesita ser financiada, introdujeron gastos ficticios en los presupuestos anuales de esta entidad a sabiendas de que no se iban a producir.

Así, por ejemplo, la sentencia  de la Audiencia Provincial relata como en la contabilidad del IFA figura concedida una ayuda de 257 millones de pesetas a una empresa a la que anteriormente, con el sistema de subvenciones extraordinarias, no se le había concedido por observar la intervención graves deficiencias en el expediente.

Esta empresa no era cualquiera: hablamos de la empresa Hijos de Andrés Molina SA, que fue adquirida por el Instituto de Fomento de Andalucía para posteriormente venderla a Campofrío (que también la vendió). De aquella empresa, que llegó a contar con más de 1.000 trabajadores, apenas quedan hoy unos edificios ruinosos a pesar de la ayuda recibida (sin que conste que ésta llegase a los trabajadores).

Pero la Consejería fue un paso más allá, y utilizaron expedientes antiguos relativos a ayudas ya concedidas para aprobar nuevas ayudas, aun cuando se tratase de una empresa distinta, incluso cuando el crédito destinado a la transferencia de financiación ya se hubiese agotado. Los abonos de estas «ayudas» se realizaron sin ningún tipo de control. De hecho, ni tan siquiera tenían reflejo contable.

Para qué

Con este sistema ad hoc se enmascararon como transferencias destinadas a financiar las perdidas de un ente público lo que en realidad era la conformación de una auténtica red clientelar a costa del erario, al margen de cualquier tipo de procedimiento y eludiendo, además, la fiscalización de ese dinero por parte de los distintos niveles de la Intervención, que denunció en reiteradas ocasiones la imposibilidad de conocer si las personas beneficiarias de las ayudas pertenecían a las plantillas de las empresas subvencionadas.

Por lo tanto, sí que hubo un enriquecimiento, pero no por medios directos, sino enrevesados y sibilinos, del que se beneficiaron tanto los condenados como el PSOE andaluz, de forma directa o indirecta. Ese sistema de ayudas totalmente opaco, que redundó durante quince años en beneficio de personas del entorno del partido, colaboró sin duda alguna a que el PSOE andaluz se perpetuase en el poder. Algo que, qué duda cabe, no hizo daño a los bolsillos de los políticos condenados, pero sí al de sus administrados y gobernados. 

Quienes tratan de excusar conductas tan graves como la prevaricación y la malversación en la bondad de las intenciones de quienes los cometieron, no sólo mienten, sino que utilizan las necesidades y miserias por las que transitaron los parados andaluces para justificar el delito. Contraponer el escrupuloso respeto a la legalidad con la atención eficaz a las personas vulnerables de la sociedad no es sólo falaz, sino ruin. Pero la construcción de falsas dicotomías es un modus operandi al que, lamentablemente, este gobierno nos ha acostumbrado. Son los mismos que han venido disculpando los atropellos a nuestros derechos y libertades fundamentales cometidos durante el estado de alarma recurriendo a una artificiosa incompatibilidad entre salud y ley. Nada nuevo bajo el sol. A estas alturas de la película ni tan siquiera es descartable el indulto.

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