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Estas son las seis nuevas infracciones por las que la DGT podrá multarte

Estas son las seis nuevas infracciones por las que la DGT podrá multarte

La DGT ya prepara la actualización de la nueva normativa de Tráfico. En noviembre del año pasado se aprobaron una serie de medidas centradas en las infracciones cometidas por el uso de dispositivos electrónicos y dirigidas a reducirla contaminación. Por eso, con la reanudación del curso político, se espera que el Congreso de los Diputados apruebe la nueva normativa, para que seis nuevas multas entren en vigor próximamente.

Las claves: ir en patinete sin casco, no apagar el coche cuando está parado o sujetar el móvil mientras se conduce serán algunas de las modificaciones que traerá la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, tras su aprobación en el Congreso y la correspondiente publicación en el BOE.

2. La retirada se eleva de 3 a 6 puntos del carnet

Se aumentará la sanción de 3 a 6 los puntos por conducir sujetando el teléfono móvil con la mano y se mantiene la multa de 200 euros y 3 puntos de sanción si el infractor usa el dispositivo, pero no lo tiene en la mano.

«El adelantamiento poniendo en peligro la vida o la integridad física del ciclista debe llevar aparejada la pérdida de 6 puntos y no de cuatro. No se entiende que sea menos reprochable poner en peligro la vida de un ciclista que utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce», justifica el Anteproyecto de Ley. Por esa razón, ambas faltas se equipararán con la retirada de 6 puntos.

3. Se elimina el margen de 20 km/h en adelantamientos

Una de las modificaciones más polémicas es la desaparición del margen de 20 km/h por encima de la velocidad máxima fijada en la vía para adelantar. Por su parte, la DGT defiende que el objetivo es homogeneizar los límites con los determinados en las carreteras europeas. Cometer esta infracción supondrá una sanción económica de hasta 100 euros, siempre que la velocidad máxima no se rebase en más de 20 kilómetros por hora.

4. Casco obligatorio para circular con patinetes eléctricos y endurecimiento del uso del cinturón

En un empeño por regularizar la situación de movilidad de los patinetes eléctricos, la DGT implementará la obligatoriedad de utilizar casco al circular en patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal. La sanción por no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección se endurecerá de 3 a 4 puntos.

5. No apagar el motor cuando se esté parado

Una de las reformas más novedosas es la del apartado 1 del artículo 10 de la Ley de Tráfico, que hace referencia a la circulación sin causar «peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente». Esta permitirá a los ayuntamientos sancionar con 100 euros de multa a los conductores que no apaguen el motor tras el estacionamiento o en paradas prolongadas.

6. Multas por llevar detector de radares

Hasta este momento, el artículo 13 de la ley vigente prohibía instalar y utilizar inhibidores y detectores de radares, pero no decía nada sobre llevar instalado el dispositivo sin utilizarlo. Sin embargo, la nueva reforma va más allá y perseguirá a quien lleve en el vehículo un dispositivo ilícito, aunque no se esté usando, con una multa de hasta 500 euros y la retirada de 3 puntos de carnet. En caso de utilizar un inhibidor durante la conducción, la multa asciende hasta los 6.000 euros y conlleva la pérdida de 6 puntos. Además, el taller que lo haya instalado también puede ser sancionado con hasta 30.000 euros.

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