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Tribunales

La Audiencia absuelve al ex ministro de Guatemala Carlos Vielmann de autorizar una ejecución de presos

La Audiencia Nacional ha absuelto este miércoles a Carlos Vielmann, ex ministro de Gobernación de Guatemala, del delito de asesinato de 10 presos

La Audiencia absuelve al ex ministro de Guatemala Carlos Vielmann de autorizar una ejecución de presos

La Audiencia Nacional ha absuelto este miércoles a Carlos Vielmann, ex ministro de Gobernación de Guatemala, del delito de asesinato de 10 presos fugados o amotinados en dos cárceles del país latinoamericano entre los años 2005 y 2006, ha informado el tribunal español en un comunicado. El Ministerio Fiscal solicitaba una condena de 160 años de cárcel por ocho delitos de asesinato y 300.000 euros de indemnización para las familias de cada uno de los fallecidos, mientras que la acusación particular y popular pedían una condena de 300 años por diez delitos de lesa humanidad para Vielmann, ministro desde 2004 a 2007.

La sentencia de la Sección Segunda de la Sala Penal, con ponencia del magistrado Juan Pablo González y que cuenta con un voto particular, considera en relación con la fuga de la cárcel de máxima seguridad de El Infiernito, en octubre de 2005, que «no ha quedado acreditado que el acusado Carlos Vielmann tuviera conocimiento de las circunstancias reales en que se produjo la captura y muerte de los presos huidos, más allá de los reportes que de tales acontecimientos iba recibiendo por los canales oficiales».

En cuanto al operativo de las fuerzas de seguridad para la recuperación de la cárcel de Pavón, denominado «Plan Operativo Pavo Real», desarrollado el 25 de septiembre de 2006 y «que terminó con el fallecimiento de siete internos por disparos de los agentes y colaboradores intervinientes que no han sido juzgados en este caso», los jueces consideran que tampoco ha quedado probado que Vielmann «participase en la ejecución de los reclusos, ni ordenándola, ni autorizándola, ni manifestando su respaldo o aquiescencia, ni que conociese o tuviese razones para conocer o prever que podía producirse».

La absolución, por lo tanto, se explica según los miembros de la Sala porque la dependencia jerárquica respecto de los autores materiales de un hecho delictivo ni implica necesariamente que el superior tenga conocimiento de los hechos. «Si fuera así, habría que entender que todos los integrantes del Gabinete de Seguridad que aprobó el operativo para la toma de control del Centro Penitenciario, incluidos el Presidente y Vicepresidente de la República serían tan responsables de los hechos delictivos cometidos en el desarrollo de la operación como el propio ministro de la Gobernación, pues la relación de jerarquía y subordinación, incluso, la relación de confianza presenta idénticos caracteres», concluye la sentencia.

La Sala rechaza también que los delitos puedan ser considerados de lesa humanidad como mantiene la acusación particular ya que, aunque admite que se tratara de actos de «limpieza social», no hay pruebas de que los hechos formaran parte de un ataque generalizado y sistemático.

Voto particular

El magistrado José Ricardo de Prada pone de manifiesto su discrepancia mediante un voto particular en el que explica por qué Vielmann sí debería haber sido condenado a 160 años «al menos por comisión por omisión». Según este magistrado, ha quedado probado, más allá de la duda razonable, la participación delictiva del acusado en los graves episodios de ejecuciones extrajudiciales de 10 reclusos, directamente causados por una estructura policial paralela integrada por algunos de sus más inmediatos colaboradores, no siendo verosímil que no fuera consciente de lo que estaba ocurriendo en un recinto cerrado, “cuyo interior estuvo recorriendo a pie y lo sobrevoló y en el que se llevaron a cabo acciones parapoliciales evidentes por personas disfrazadas de swat, con pasamontañas y armas espectaculares que nada tenían que ver con el armamento oficial”, se informa en la nota.

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