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Estos son los coches que la DGT dará de baja sin avisar a sus propietarios

«Cuando hayan sido abandonados por sus titulares previa comprobación de la Jefatura de Tráfico»

Estos son los coches que la DGT dará de baja sin avisar a sus propietarios

Coches antiguos. | Unsplash.

La Dirección General de Tráfico tiene una ley que les permite retirar ciertos coches sin avisar previamente a sus propietarios. Se trata de aquellos vehículos que llevan 10 años o más sin pasar la ITV y sin seguro. Es decir, si tienes un coche que prácticamente lleva sin vida más de una década, la DGT le dará de baja por cuenta propia.

«Por existir la presunción de que el vehículo no existe o no circula al no haberse cumplido las exigencias en materia de inspección ITV obligatoria y de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria en los últimos diez años», según el artículo 35 del nuevo Reglamento General.

Hay en otras dos situaciones en las que podrían darlo de baja. «Cuando cualquier Jefatura de Tráfico acuerde que el vehículo es un evidente peligro para sus ocupantes o para la circulación en general»: en este caso deben de hacer un certificado de que existe un deterioro del vehículo. También se retirarán «cuando hayan sido abandonados por sus titulares previa comprobación de la Jefatura de Tráfico». Se hará de forma automática, así que los propietarios no recibirán notificación.

DGT: Novedades para el 2023

Según marca la Ley de Cambio Climático, Madrid y Barcelona dejarán de ser las únicas ciudades con delimitaciones en la circulación de los vehículos. A partir de 2023, todas las poblaciones de más de 50.000 habitantes deberán poner en marcha también una Zona de Bajas Emisiones, lo que afectará a 149 ciudades. Esta ley regulará y limitará los coches más contaminantes.

Estas nuevas restricciones afectarán a, aproximadamente, 25 millones de vehículos entre las diferentes localidades. Además, también deberán hacerlo aquellas de más de 20.000 si presentan niveles excesivos de contaminación.

Zona de Bajas Emisiones (ZBE), en Madrid, (España). Europa Press / ContactoPhoto

Más allá de las sugerencias de la FEMP, los diferentes ayuntamientos podrán establecer libremente los criterios, ya que el proyecto de real decreto no presenta unas pautas concretas. Lo único que sí especifica es que el tamaño de la zona delimitada y la población expuesta «deben ser significativos y suficientes» para que mejore «la calidad del aire» y que se deben fomentar «modos de transporte más sostenibles». Ya hay muchos ayuntamientos que han empezado con la planificación pero, a pesar de ello, su avance depende de la norma.

Por otro lado, existirán también las Zonas de Estacionamiento Regulado (SER): vehículos con etiquetas B deberán afrontar un a pequeña penalización económica, una medida que ya está en vigor en algunas ciudades. En cambio, los coches catalogados con distintas etiquetas como las B, C, Eco y 0 podrán acceder a las Zonas de Bajas Emisiones, pero los coches con las etiquetas B y C no tendrán permitido aparcar en estos lugares.

La Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica, que se aprobó hace ya un año, tiene cuatro objetivos nacionales para 2030.

  1. Reducir en el año 2030 las emisiones de gases de efecto invernadero del conjunto de la economía española en, al menos, un 23% respecto del año 1990.
  2. Alcanzar en el año 2030 una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42%.
  3. Alcanzar en el año 2030 un sistema eléctrico con, al menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable.
  4. Mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5%, con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.

Pacto mundial lo explica así: «La Ley también otorga un peso especial a la movilidad urbana, obligando a los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares a que adopten planes de movilidad urbana sostenible, no más tarde de 2023, introduciendo medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad».

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