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Okupas: Madrid activa el teléfono para denunciar la ocupación

El número 900 205 112 está disponible desde las 7:30 a las 23:30 horas y podrán usarlo tanto los propietarios de las viviendas como los testigos de los hechos

Okupas: Madrid activa el teléfono para denunciar la ocupación

Enrique López presenta el servicio '112 Ocupación' | Comunidad de Madrid

El teléfono ‘112 Ocupación‘ ya es una realidad. Así es como se ha denominado al número 900 205 112, el teléfono que gestionará avisos de ocupación ilegal en la Comunidad de Madrid. La línea está activa desde este martes, y tiene como objetivo resolver las ocupaciones en las primeras primeras horas de su notificación.

A este teléfono puede llamar cualquier persona que tenga noticia de la entrada ilegal en un inmueble, bien sea su dueño o solo un testigo de estos hechos.

Los avisos desembocarán en un dispositivo de atención con dos vertientes, según ha señalado el Gobierno autonómico. Una policial, para comprobar los hechos que se denuncian y empezar así un procedimiento de resolución en el caso de que sean verídicos; la segunda es social, y tiene como objetivo ofrecer una alternativa habitacional a las personas que han llevado a cabo la entrada en la vivienda para evitar así situaciones de desamparo.

«Damos un paso al frente diciendo no, alto y claro, a los delitos relacionados con la ocupación ilegal de viviendas; lo hacemos acorde a nuestras competencias y con pleno respeto a la legalidad vigente», ha declarado el responsable de Presidencia, Justicia a interior, Enrique López.

El consejero ha acudido a presentar este nuevo servicio a las instalaciones de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112. El Centro de Coordinación Municipal (Cecom), en cuyo marco operará la línea telefónica, lleva trabajando desde hace un mes en este edificio de Pozuelo.

El servicio ‘112 Ocupación’ lo integran policías locales de distintos municipios de la región que, junto con técnicos del 112, han recibido formación específica para atender estas llamadas.

De momento el horario en el que está activo es de 7:30 horas a 23:30 horas, pero el Gobierno ha asegurado que «en breve» añadirán un turno de noche. No obstante, fuera de ese horario también es posible comunicar la sospecha de un hecho de este tipo a través del 112.

https://twitter.com/ComunidadMadrid/status/1546854308049817600?s=20&t=hBibIngjkO3BvrZR9GWtqA

Cuando los agentes reciben un aviso de presunta ocupación ilegal deben seguir una serie de pasos. Quien atienda la llamada identifica al denunciante, recaba la información sobre el inmueble y manda una patrulla para comprobar la veracidad de los hechos que le han comunicado.

Si la entrada ilegal se confirma, porque las personas no tienen un título legal que les habilite para estar en el inmueble, los agentes contactan directamente con el Registro de la Propiedad e, inmediatamente, obtienen los datos de los dueños y los documentos que lo acreditan como tal.

Es esta la información que se hará valer para deshacer la entrada ilegal, pero para ello debe haberse hecho en las primeras horas tras la misma. La jurisprudencia suele validar el plazo de dos días (48 horas) para responder a estos casos. Sin embargo, no existe un precepto legal que señale cuál es el marco de tiempo con el que cuentan las autoridades.

Por otra parte, se llevará a cabo una atención social mediante la apertura de un expediente en los servicios correspondientes, con la movilización en el lugar de los hechos de personal de inspección y atención.

Las conclusiones del mismo se notificarán a los juzgados para que estos adopten medidas encaminadas a prevenir situaciones de exclusión residencial. López ha destacado que «esta es una medida muy importante», porque se «garantiza» la atención a personas vulnerables, en los casos en los que hayan tenido que ocupar la vivienda por no tener otra alternativa.

Ocupación de más de dos días

El nuevo teléfono no podrá gestionar aquellos casos en los que la ocupación ya haya superado ese plazo de dos días, así como tampoco la llamada ‘inquiocupación‘, aquellos casos en los que existe un contrato de alquiler pero los inquilinos han dejado de pagar y no han abandonado la vivienda.

Esto se debe a que no son casos comparables a los que no se ha llegado a constituir hogar, es decir, que no se han superado las 48 horas desde la entrada. No obstante, sí que ofrecerá asesoría jurídica sobre la usurpación de una vivienda y las opciones con las que cuentan los propietarios para poder defender su legítimo título en los tribunales.

De igual forma, de considerarlo necesario se producirán derivaciones a las oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, organismos de la Comunidad.

Reforma del Código Penal

Afectados por la okupación se manifiestaban frente al Congreso en marzo de 2022
Afectados por la okupación se manifiestaban frente al Congreso en marzo de 2022. Foto: Fernando Sánchez (Europa Press)

Enrique López ha exigido también al Gobierno de la Nación que haga «política de Estado» para impedir los casos de ocupaciones ilegales. El concejal madrileño ha reclamado al Ejecutivo una ley orgánica que garantice que se puede frenar una usurpación de vivienda en un periodo de 48 o 72 horas si no hay un título legal de ocupación.

Al mismo tiempo, López ha apostado por una reforma del Código Penal más dura contra estos delitos, ya que en algunos casos solo conllevan una pena de multa. «Se está permitiendo, gracias a una serie de lagunas, que quienes cometen este tipo de delitos se beneficien injustamente de la situación de indefensión en la que muchas veces quedan sus víctimas», ha señalado.

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