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Los Franco dejarían los bienes que haya en el Pazo de Meirás por un «precio razonable»

Los Franco dejarían los bienes que haya en el Pazo de Meirás por un «precio razonable»

Cabalar | EFE

El abogado de los herederos de Franco, Antonio Gil, ha asegurado este miércoles, en la vista sobre las medidas cautelares que prohíben a los Franco mover bienes muebles del Pazo de Meirás mientras se inventariaran, que estarían dispuestos a permitir que se quedaran dentro del inmueble con «un acuerdo razonable, incluso mediante un precio razonable, aunque sea simbólico».

En contexto: el edificio de la antigua Audiencia Provincial de A Coruña acoge hoy con gran expectación esta vista sobre las cautelares previas a la devolución del inmueble previsiblemente el próximo 10 de diciembre, a las que se oponen los herederos del dictador, porque «son improcedentes y no son medidas accesorias o instrumentales».

La Abogacía del Estado ha defendido el mantenimiento de las medidas cautelares mediante un inventario del Pazo de Meirás y la prohibición de mover los bienes que haya en su interior, así como la constitución de un depósito judicial de todos ellos, salvo los personales, asumiendo el Estado la condición de depositario.

Según el letrado de los Franco, el fin de toda medida cautelar es garantizar la efectiva tutela judicial que se haya interesado en un procedimiento, lo que no ha ocurrido en este caso porque no se ha pedido sino a futuro ya que actualmente la ejecución que se ha determinado es provisional.

De esta manera, continúa el letrado, con esta medida la Abogacía del Estado está buscando «asegurar la efectividad de una condena que pudiera recaer en el futuro y, si consideraba que su derecho de propiedad se extiende a los bienes muebles en interior del pazo, debería haberlo planteado en su demanda principal», que se circunscribe al inmueble. Sin embargo, el depósito judicial se solicita tras la ejecución provisional, un momento procesal que no corresponde, ha aclarado.

Incluso las medidas cautelares no se plantean simultáneamente, sino que primero se pide la realización de un inventario y se prohíbe mover los bienes, y después su depósito judicial, cuando a su juicio debiera ser al revés. «Ya no caben medias tintas -ha enfatizado Gil-, o la Abogacía del Estado se equivoca radical y estrepitosamente, y de ser el caso nos cuesta creer que se equivoque de manera inconsciente por su notable solvencia jurídica», o se equivocan los letrados de los Franco y «les puedo garantizar que esa equivocación sería inconsciente».

Reprocha también que se pretenda privar a los herederos del dictador de la totalidad o posesión del uso y disfrute y posible aprovechamiento de la totalidad de los bienes muebles con argumentos que no constan en la demanda ni en el juicio ni en la sentencia que les obliga a devolver el pazo al Estado.

Estarían dispuestos, sin embargo, a permitir que los bienes muebles se queden dentro del pazo «siempre y cuando sea a partir de un acuerdo mínimamente razonable», ya que los bienes son suyos, asegura, «incluso mediante un precio razonable aunque sea simbólico».

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