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Los economistas piden un carné por puntos de buen contribuyente para reducir el fraude fiscal

El presidente del CGE afirma que la tramitación del impuesto a las multinacionales ha sido un caos

Los economistas piden un carné por puntos de buen contribuyente para reducir el fraude fiscal

Agustín Fernández; Manuel de Vicente-Tutor; Valentín Pich y Bernardo Soto. | EP

El Consejo General de Economistas de España, al que pertencen más de 50.000 profesionales, en colaboración con el Instituto de Estudios Económicos, ha clausurado hace unos días, unas jornadas, en las se ha ido analizando el fraude de fiscal de nuestro erario. Cita, por la que han pasado inspectores de Hacienda de todos los ámbitos, y que concluye con el resumen de hasta 22 medidas para atajar este problema que afecta a las cuentas públicas.

Entre esas soluciones, los inspectores Manuel de Vicente-Tutor y Bernardo Soto han planteado el estudio o experiencia piloto de un carné por puntos del buen contribuyente, que se puede asemejar al que ya existe para la conducción de vehículos. Un carné que podría suponer la retirada de una autorización administrativa si se van acumulando incumplimientos. Hoy en día -señala el CGE- ya existe una circunstancia agravante de la sanción si concurre reiteración.

Pero la consideración de esta propuesta -sostienen estos expertos-, podría ser más efectivo, si se favorece o premia al cumplidor fiscal, mediante la denominación de ‘buen contribuyente’, bien, «a través de un carné por puntos o un instrumento similar, que publicar los datos del incumplidor».

La justificación

En su ánalisis, Vicente-Tutor se centra en el problema de los listados y en la estigmatización que arrastra. «Los listados -explica- afectan a la reputación, por lo que es necesario que los criterios utilizados sean generalmente aceptados como ilustrativos de fraude. El fraude más cualificado -mantiene Tutor- debería ser el delito fiscal, por lo que en principio debería circunscribirse a los condenados de modo firme. Por eso -señala-, me opongo a cualquier otro listado porque actualmente en las liquidaciones no se diferencia entre fraude (doloso, mala fe) y divergencia interpretativa con la Administración (elusión)».

«La experiencia de la lista de deudores -aclara- es muy ilustrativa. En ella aparecen deudas no firmes. Se perjudica a contribuyentes que no pueden suspender, aunque hayan recurrido y no estén de acuerdo con la liquidación. ¿Quién les devuelve el buen nombre si finalmente se anulan las liquidaciones? -se pregunta-».

Bernardo Soto también sostiene por su parte, que «el recurso a las listas de defraudadores no parece excesivamente efectivo, además de ser potencialmente injusto para aquellos casos en que la deuda tributaria surge de una discrepancia fundada con la Administración».  Más allá de su impacto mediático inicial, que no se ha mantenido en el tiempo -remacha-, tampoco «parece que contribuya con eficacia a la reducción del fraude fiscal. En este sentido -apostilla-, el sindicato de técnicos de Hacienda ha afirmado recientemente que la lista de morosos es básicamente una lista de desahuciados económicos de los que buena parte nunca pagarán sus deudas y, que únicamente el 3,3% de la deuda de la lista de morosos se ha conseguido recuperar».

Evitar el abuso de legislar con enmiendas

Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas también se ha pronunciado al respecto, apuntando varias medidas para intentar rebajar el fraude fiscal, como profundizar en la concienciación ciudadana y la asistencia a los contribuyentes, simplificar trámites y priorizar la estabilidad de la regulación tributaria. Así mismo, el presidente de los economistas recalca que «habría que hacer todo lo posible para que el cumplimiento voluntario fuera más fácil; reforzar los recursos humanos y materiales de la Administración Tributaria e, intensificar el eficaz tratamiento de la información de que disponen las administraciones tributarias».

Por último, Valentín Pich demanda que «la normativa tributaria sea más clara y estable». En este sentido, critica la técnica legislativa de introducir múltiples medidas tributarias a través de enmiendas a leyes, como se acaba de hacer con la futura ley del impuesto complementario mínimo para las multinacionales «cuya tramitación está siendo un caos». «Este totum revolutum recuerda a las antiguas leyes de acompañamiento, que, pese a estar validadas por el Constitucional, resultaban absolutamente cuestionables en términos de técnica legislativa y calidad democrática», afirma.

El presidente del REAF, Agustín Fernández, también hizo hincapié en la necesidad de reducir la litigiosidad tributaria, «para lo que quizá sería conveniente poner en marcha mecanismos de mediación o arbitraje similares a los existentes en otros países de nuestro entorno y nivel económico».

Imagen de una oficina de la Agencia Tributaria. Foto: TO.

Principio de seguridad jurídica

Gregorio Izquierdo, director general del Instituto de Estudios Económicos (IEE), aprovechó las jornadas para defender que son «las reformas fiscales que refuerzan los principios de la competitividad fiscal e intentan recoger las mejores prácticas de nuestro entorno, evitando recargar en exceso las figuras más distorsionantes, las que favorecen el cumplimiento tributario y la localización de contribuyentes, con el consiguiente desincentivo al fraude tributario».

Para el director general del IEE, «la configuración de un clima más favorable a la empresa, que facilite el cumplimiento de las cargas administrativas y requisitos regulatorios, es una política prioritaria para reducir el fraude fiscal». Además -añadió-, «la mejora de la eficiencia del gasto público ayuda a deslegitimar el fraude fiscal. De hecho -persiste-, existe evidencia empírica internacional de que los países con menor eficiencia en su gasto público tienden a padecer mayores niveles de economía sumergida».

Entre las 22 medidas consensuadas están: intentar legislar con más claridad, evitando la existencia de normas de baja calidad formal y democrática, sin abusar del Real Decreto-ley y, evitando la introducción de impuestos a través de Proposiciones de Ley (y no, de Proyectos) o mediante enmiendas. Además, proponen mayor estabilidad al sistema tributario de manera que se eviten los continuos cambios en el mismo, que provocan incertidumbre y retraen o retrasan la inversión tanto nacional como internacional en nuestro país. Así mismo, los criterios administrativos también deberían ser más claros y tener vocación de permanencia, para evitar incertidumbres y discrepancias de interpretación. Las modificaciones que se tengan que realizar en la normativa tributaria -señalan- han de respetar el principio de seguridad jurídica y evitar perjudicar las expectativas legítimas de los contribuyentes».

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