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¡Qué fácil es insultar a un árbitro en España!

La normativa actual deja un vacío que provoca que muchos de los ataques al estamento arbitral no tengan consecuencias disciplinarias

¡Qué fácil es insultar a un árbitro en España!

Árbitro. | Europa Press

¿Os habéis imaginado alguna vez que alguien llame en pleno juicio ladrón al juez de la sala?, ¿o que insinúe que actúa con premeditación? Imagino que la respuesta es sencillamente no. Porque las consecuencias serían muy duras, ya sean económicas o de otra índole, por osar poner en tela de juicio la actuación de un juez en una contienda en donde sólo se dedica a impartir justicia. Y luego está la siguiente pregunta: ¿dónde están los límites de la libertad de expresión en nuestro país?, ¿es lógico llamar a alguien ladrón a la cara sin pruebas? Incluso, insinuar que actúa de manera premeditada para hacer daño a alguien sin pruebas que lo confirmen. 

Pues este escenario, que parece casi imposible, existe en el fútbol español. No hay fin de semana donde no nos encontremos manifestaciones (ya sean de jugadores, entrenadores, presidentes, etc…) que ponen en tela de juicio la actuación del árbitro. Hasta el punto extremo de llamarle «ladrón» o decirle que su actuación es premeditada. 

El ejemplo más reciente lo tenemos hace unas semanas cuando Iago Aspas, jugador del Celta, insinuó, públicamente ante la televisión que tiene los derechos del fútbol en España, que el árbitro era del Real Madrid. Lo hizo después de pitar tres penaltis en contra al equipo gallego y ante su público, en el Estadio de Balaídos. 

Textualmente dijo: «Los dos primeros han sido penaltitos, pero han sido. El último para mi punto de vista no ha sido. Mendy arrolla a nuestro defensa y al final es falta nuestra. Solo ha faltado que pitara un penalti al final y que lo tirara Pablo. Parecía que buscaba y quería el hat-trick de Benzema». 

Cuando habla de Pablo se refiere al colegiado Pablo González Fuertes, el colegiado del partido. Y aunque lo dijera con cierta guasa gallega, está insinuando que el colegiado actuó de una manera premeditada para favorecer al Real Madrid. Dicho de otro modo, que les «robó» en sus decisiones arbitrales. 

Si lo trasladamos al contexto de la vida real, estas palabras dichas con cierta retranca gallega, hasta cierta sorna, serían inadmisibles en la vida real. ¡Está diciendo de manera pública, antes millones de espectadores, que el juez de la contienda es parcial y que actúa a sabiendas que favorece a una de las partes!

Norma específica contra los ataques arbitrales

El estamento arbitral, desde hace una serie de temporadas, cuenta en el ordenamiento jurídico del fútbol con un artículo para defenderse de los ataques ante su figura.

Textualmente dice: «la realización por parte de cualquier persona sujeta a disciplina deportiva de declaraciones a través de cualquier medio mediante las que se cuestione la honradez e imparcialidad de cualquier miembro del colectivo arbitral o de los órganos de la RFEF; así como las declaraciones que supongan una desaprobación de la actividad de cualquier miembro de los colectivos mencionados cuando se efectúen con menosprecio o cuando se emplee un lenguaje ofensivo, insultante, humillante o malsonante, serán sancionados». 

La sanción que se prevé es distinta cuando se trata de futbolista o entrenador respecto a cuando es un directivo. En el primer caso se expone a un castigo de entre cuatro y doce partidos. Cuando se trata de un directivo queda en un correctivo económico que asciende a un máximo de 3.005,06 euros. 

El límite de la libertad de expresión

Hasta aquí parece que no hay dudas al respecto. Quien actúe de esta manera y atacando a la figura arbitral, es sancionado con este artículo. Sin embargo, no es tan fácil el camino porque entre medias aparece el papel de la Constitución española y la libertad de todo español a manifestarse libremente, tal y como recoge el artículo 20 de la misma. Textualmente dice: «se reconocen y protegen los derechos: A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción».

Este principio indiscutible, innegable y base de nuestra joven democracia; abre, sin embargo, un abanico extenso cuando se producen situaciones como la expresada por el jugador del Celta o similares. Hasta el punto que son varios los precedentes donde, ante insinuaciones similares en el pasado contra la figura arbitral, han quedado impunes y sin castigo. Un castigo que si imponen inicialmente los órganos disciplinarios del fútbol (su Comité de Competición y después de Apelación), pero que desestima el Tribunal Administrativo del Deporte (conocido como TAD), que es el órgano disciplinario que depende de las instituciones gubernamentales y que está desestimando de manera continuada los procedimientos abiertos contra aquellos que se manifiestan en contra del estamento arbitral. 

La pregunta que surge es: ¿quién se equivoca?, ¿los que sancionan inicialmente o los que lo dejan sin efecto después? Esto ha llevado ya a los árbitros a no denunciar ataques contra su figura porque saben que pueden quedar en agua de borrajas, sin castigo para quien las realiza. Sin duda el caso del jugador y capitán del Celta, Iago Aspas, puede determinar un precedente muy interesante. Hacia un lado o hacia otro. A que definitivamente no haya dudas acerca de la «impunidad» para poder atacar al juez de un negocio que mueve tanto dinero como el fútbol o para sentar las bases de los límites para atacar a la persona que imparte justifica. El considerado como juez en cualquier orden de la vida y donde nadie discute su autoridad e imparcialidad. Algo que en el fútbol existe cada fin de semana. 

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