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El futbolista David Silva, condenado por empujar a una mujer en una pelea en Canarias

El mediocentro de la Real Sociedad trató de apartar a la víctima causándole múltiples lesiones, por lo que ha sido multado con 1.080 euros

El futbolista David Silva, condenado por empujar a una mujer en una pelea en Canarias

El futbolista David Silva. | Ivan Terron (Zuma Press)

El futbolista de la Real Sociedad y leyenda de la selección española David Silva, ha sido condenado por haber empujado a una mujer durante una pelea durante los carnavales de la localidad de Maspalomas, en Canarias. Junto al mediocentro también han sido juzgados su hermano y una tercera persona implicada en los hechos, que reconocieron lo sucedido.

El jugador tendrá que pagar 1.080 euros de multa por esta acción, tal y como ha desvelado el diario Tiempo de Canarias, tras haber reconocido su implicación en «una trifulca entre varias personas». El juez ha determinado que la acción del canario -que causó varias lesiones a la víctima- fue «con ánimo de menoscabar la integridad física» de la víctima tras agarrarla del brazo para apartarla «provocando que cayese al suelo».

La afectada sufrió, según relata la sentencia, «cervicalgia postraumática, contusión en codo izquierdo, laceración en segundo dedo de la mano izquierda, laceraciones en ambas rodillas y laceraciones en ambas piernas», lo que conllevó «una primera asistencia facultativa sin tratamiento médico posterior y ocho días de perjuicio personal básico».

Silva tendrá que pagar más de 1.000 euros de multa

El jugador tendrá que abonar 12 euros al día como «autor responsable de un delito leve de lesiones, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas» en lo que supone una multa de 1.080 euros. Además le obliga a pagar 520 euros, en concepto de responsabilidad civil, de los que 280 euros corresponden a «las lesiones sufridas» y los 240 restantes a «los daños materiales causados», tal y como relata el medio citado.

En lo que refiere al hermano, la sentencia relata que golpeó a una de las personas inmiscuidas en el conflicto y le propinó un golpe en la cara. Una vez hubo caído al suelo, «continuó golpeándolo en distintas partes del cuerpo en unión de otras personas que no han podido ser identificadas». Posteriormente procedió a agredir a otra joven «con el ánimo de menoscabar su integridad física», llegando a provocar «cervicalgia, contusión en el hombro izquierdo» y policontusiones.

A la tercera persona se la señala por haber golpeado con una piedra a una de las personas inmiscuidas y por haber blandido un cuchillo de forma amenazante contra las víctimas. Por estos hechos se le requieren once meses de prisión por dos delitos, el de lesiones y el de amenazas.

La sentencia, al ser dictada de conformidad, es firme y, por tanto, no cabe recurso contra la misma.

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