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Nueva victoria de Tebas: bloquearán dos servicios de VPN mientras se juegue LaLiga

Un juez ha admitido al organismo deportivo practicar las medidas cautelares solicitadas contra NordVPN y ProtonVPN

Nueva victoria de Tebas: bloquearán dos servicios de VPN mientras se juegue LaLiga

Javier Tebas, presidente de LaLiga. | Oscar J. Barroso | (EP)

El Juzgado Mercantil de Córdoba número 1 ha concedido a LaLiga y Telefónica Audiovisual Digital (TAD) las medidas cautelares solicitadas contra NordVPN y ProtonVPN que reconocen la responsabilidad de estos intermediarios tecnológicos en la piratería de partidos de LaLiga EA Sports y Hypermotion.

De esta manera, ambas compañías deben aplicar de forma inmediata en sus sistemas internos las medidas para posibilitar que las direcciones IP aportadas por las demandantes, en las que se ha constatado la emisión ilegal de contenido audiovisual protegido, resulten inaccesibles desde España. Esta medida es con carácter dinámico y ante la que no cabe recurso, informa LaLiga.

Dichos autos reconocen que los prestadores de servicios VPN (Virtual Private Network, por sus siglas en inglés) son intermediarios tecnológicos que están dentro de aplicación del Reglamento Europeo de Servicios Digitales y están sometidos a la exigencia de impedir al menos la comisión de infracciones bajo sus infraestructuras.

A su vez, los autos identifican cómo los sistemas de VPN se revelan como un medio adecuado, «sumamente eficaz y accesible para generar la posibilidad de acceso a contenidos no accesibles en determinados puntos geográficos», distorsionando la ubicación real geográfica del acceso online, y facilitando «el acceso a webs que emiten contenido protegido de forma ilegal».

Los autos destacan cómo las empresas demandadas reconocen e incluso publicitan «que su sistema es excelente eludiendo restricciones». De ahí estas medidas cautelares para evitar que estas prestadoras de servicio «no contribuyan a que en España se eludan las restricciones de acceso a determinadas webs que ya han decretado varias autoridades judiciales españolas», en clara alusión a la sentencia de diciembre de 2024 del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona.

Por su parte, los autos obligan a LaLiga y a Telefónica Audiovisual Digital a «conservar evidencia suficiente digital de la emisión ilícita de los contenidos protegidos» que notifiquen a las demandadas, lo que respalda así, según la patronal de clubes, la fiabilidad de los procedimientos que ya venía utilizando también LaLiga en virtud de esa misma sentencia de diciembre de 2024, entre otras.

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