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Consumo

La OCU avisa de que hay créditos rápidos con intereses TAE de hasta el 380%

En un contexto de aumento de la pobreza por el coronavirus, las entidades se aprovechan de la debilidad de los consumidores con intereses abusivos

La OCU avisa de que hay créditos rápidos con intereses TAE de hasta el 380%

La organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha advertido este lunes de que algunas entidades continúan ofreciendo créditos rápidos con intereses abusivos. Estos intereses pueden alcanzar una Tasa Anual Efectiva de hasta el 380%, a pesar de las numerosas sentencias judiciales que impiden cobrar más del 20%.

En un documento, la OCU ha avisado de que estos créditos rápidos han aumentado y para unos importes más elevados. Esto los hace todavía más peligrosos, en un contexto en el que la pandemia de coronavirus ha aumentado la vulnerabilidad y la pobreza.

La OCU recuerda que la contratación de este tipo de servicios implica muchos riesgos, y en caso de impago existe incluso la posibilidad de inclusión en el registro de morosos. Según la organización, muchos consumidores que necesitan dinero urgente optan por contratar este tipo de créditos, para los que no se piden casi requisitos. Los créditos pueden alcanzar los 5000 euros y el plazo de devolución puede alcanzar hasta cuatro años. Hasta ahora, este tipo de créditos rápidos no alcanzaban cifras superiores a 600 euros, y los plazos para devolverlos eran muy cortos.

Entre las entidades que realizan este tipo de prácticas e ignoran las sentencias del Tribunal Supremo están Creditea (381%), Monedo Now (197%) y Fidinda (80%). La OCU ha recordado que, en marzo, el Tribunal supremo emitió una sentencia en la que consideraba abusivo un interés del 27,24% TAE de una tarjeta de crédito de Wizink.

En esta sentencia, el Tribunal consideraba que, para saber si un tipo de interés es abusivo, debe compararse con el tipo medio de interés de las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving de las estadísticas del Banco de España, que en estos momentos se sitúa alrededor del 20%. 

La OCU recuerda que, más allá de las sentencias judiciales, no existe una normativa que fije porcentajes o parámetros concretos para determinar a partir de qué tipo de interés debe considerarse que una operación de crédito tiene carácter usurario.

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