OMIC, la mejor opción para resolver problemas de consumo es gratuita
Las Oficinas Municipales de Atención al Consumidor ofrecen su mediación en los litigios de consumo, no cuestan dinero, no son parte interesada y sus acciones suelen tener éxito
Cuando nos damos de frente con un problema de consumo, cualquier litigio que propicie que comprador y vendedor no se pongan de acuerdo, lo primero que le suele pasar por la mente al consumidor afectado es denunciarlo. Entonces le viene a la mente Consumo, un término que puede referirse a varias entidades, y sobre todo las asociaciones de consumidores, que muchos piensan que guardan alguna relación con el Estado o éste las avala y no es así. Como mucho reciben sus subvenciones, pero no tienen carácter oficial en ningún caso. La diferencia entre una de estas asociaciones y una empresa convencional es que cuando se oferta un producto al vendedor se le suele llamar empresa, mientras que si se trata de servicios, en este caso a los consumidores, se les denomina organización o asociación.
Pero las asociaciones de consumidores no atienden a cualquier consumidor. No intercederán por ti a no ser que seas socio y pagues por ello una cuota. Son de sus consumidores y solo en algunas ocasiones lanzan campañas globales a gran escala con la percha de algún grave desaguisado al consumidor, lo cual se traduce sobre todo en un gran escaparate para atraer a nuevos socios.
Lo que la mayoría de los consumidores desconocen es que no están solos ante los problemas de consumo que puedan surgirles y que además afrontarlos es totalmente gratis, puesto que todos tenemos a nuestro servicio en los ayuntamientos, de manera gratuita, una Oficina Municipal de Atención al Consumidor, más conocidas como OMIC, que atienden a las demandas de todos los consumidores. Estas entidades ofrecen su mediación, no cuestan dinero, no son parte interesada y suelen tener éxito. De hecho, en la práctica son la herramienta más eficaz ante los problemas de consumo.
Del arbitraje a la oficina
Antes de acudir a reclamar a una OMIC, en todo caso, conviene tratar de llegar a un acuerdo con el vendedor como mínimo a través de su servicio de atención al cliente. Si pese a ello el problema persiste, el siguiente paso será solicitar un arbitraje de consumo. El procedimiento se inicia en el propio establecimiento con la solicitud de los impresos de arbitraje. Para ello, la empresa vendedora deberá estar adherida al Sistema Arbitral de Consumo. Cada parte se queda una copia y otra se envía. Si se acepta el arbitraje, que es voluntario para ambas partes, podría solucionarse el problema sin gasto alguno. El colegio arbitral escucha a ambos, valora el caso y emite un laudo por escrito que obliga a los implicados a cumplirlo y es ejecutivo desde su notificación. Este proceso puede durar un par de meses, pero suele ser determinante y acabar con la disputa.
Si el arbitraje no es posible, una OMIC puede ser la solución definitiva. Dependen de los ayuntamientos y en las grandes ciudades suele haber una por junta de distrito. Antes de acudir, se debe solicitar al vendedor una hoja de reclamaciones, que está obligado a entregar, y presentarla a la mayor brevedad en una de estas oficinas, de manera presencial, exponiendo lo ocurrido y solicitando una solución y/o una compensación. De hecho, muchos clientes de distintos servicios de atención jurídica que cobran a los consumidores por su asesoramiento, acaban siendo derivados a una de estas OMIC gratuitas.
Municipales o autonómicas
Las OMIC aportan información sobre sus derechos a los consumidores, cómo actuar ante un litigio, la posibilidad de formular reclamaciones y cómo hacerlas. En la reclamación, a entregar junto con la copia de la hoja de reclamaciones, debe figurar una descripción breve y clara del problema, además del nombre del perjudicado, su dirección, DNI, dirección de email y número de teléfono, por un lado; y por otro el nombre del comercio al que se reclama, su denominación social, domicilio, NIF y teléfono. La OMIC resolverá y comunicará a las partes su decisión.
Estas reclamaciones ante una OMIC acostumbran a ser mucho más efectivas que quejarse ante la Dirección General de Consumo, que es otra opción pero generalmente mucho más lenta. Existen también organismos de consumo a nivel autonómico (de los que dependen las OMIC) y estas Oficinas de Atención al Consumidor autonómicas son otra buena opción, especialmente para residentes en municipios pequeños que o bien no cuentan con su propio ayuntamiento o no dispone de este servicio. Las oficinas autonómicas tienen también servicios de orientación jurídica y ante ellas igualmente pueden presentarse reclamaciones por problemas de consumo de manera similar a como se hace en una instalación municipal.