La Audiencia Nacional vuelve a imputar a Repsol, Caixabank, Brufau y Fainé por el 'caso Villarejo'
El motivo es la contratación por parte de ambas empresas del excomisario para, presuntamente, espiar al entonces jefe de Sacyr
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha corregido al juez instructor y ha vuelto a imputar a Repsol y Caixabank, así como al presidente de la primera, Antonio Brufau, y el expresidente de la segunda, Isidro Fainé, por la contratación por parte de ambas empresas del comisario José Manuel Villarejo para, presuntamente, espiar al entonces jefe de Sacyr, Luis del Rivero.
Así se recoge en un auto de este mismo lunes, en el que la Sección Tercera asegura que la investigación practicada hasta la fecha revela la existencia de indicios de conductas delictivas calificables como cohecho y descubrimiento y revelación de secretos. En concreto, el encargo elaborado por Cenyt, el grupo de Villarejo, se habría llevado a cabo «a cambio de un precio que fue abonado por las empresas comitentes» y «que incluyeron el acceso a datos sobre el tráfico de llamadas telefónicas y otras comunicaciones».
La Sala estima de esta forma los recursos que presentaron la Fiscalía Anticorrupción, el empresario Luis del Rivero y Podemos contra el auto del juez instructor, Manuel García-Castellón, del pasado 29 de julio, en el que acordó el sobreseimiento provisional para los mencionados.
Todo ello en el marco de la pieza separada 21 de la macrocausa ‘Tándem’, en la que el magistrado investiga la contratación en 2011 por parte de ambas mercantiles a Cenyt con el presunto objetivo de que espiara a Del Rivero para impedir que se hiciera con el control de Repsol –de la que CaixaBank es uno de los principales accionistas– a través de su alianza con la empresa mexicana Pemex.
«La iniciativa partió de Brufau»
En lo relativo a Brufau, el magistrado acordó sus sobreseimiento porque no constaba en la causa «más allá de las declaraciones prestadas, documento o grabación que acredite, al menos indiciariamente» la contratación de CENYT.
Sin embargo, la Sala argumenta que aunque no hubiese documentos que lo acreditase, si que existen «indicios de los que puede desprenderse que la iniciativa de llevar a cabo dicha contratación, así como de otras dirigidas a reaccionar contra el pacto SACYR-PEMEX, partió del señor Brufau».
En este punto, además, señalan que el propio presidente de Repsol habría sido «informado con detalle de los resultados de las gestiones del grupo CENYT, alguno de los cuales conllevaba información difícilmente obtenible de no haber mediado la intervención de funcionarios públicos».
Pero, además, el tribunal también analiza las declaraciones realizadas en el juzgado por Brufau y por el responsable de Seguridad de Repsol, Rafael Araujo, reafirmándose en que «hay indicios de que la orden de investigar pudo partir de la Presidencia» de la compañía, añadiendo además que «el presidente pudo ser informado de sus resultados».
Fainé, Brufau y el encargo de Cenyt
En cuanto a Fainé, la Sala incide en que las diligencias practicadas hasta la fecha también obligan a que continúe en el procedimiento. Y, en este contexto, hacen expresa alusión a unas declaraciones del propio expresidente de Caixabank.
«El señor Fainé ha reconocido en sus declaraciones el impacto que el acuerdo SACYR-PEMEX podía tener para Caixabank, en cuanto accionista de REPSOL, al afectar al poderse producir cambios en la composición de las mayorías de capital con acceso al control de esta última compañía», relatan.
En las mismas, recuerdan los magistrados, Fainé señaló que estaba de acuerdo, al hablar con Brufau, en que los departamentos de seguridad de sus respectivas compañías colaborasen en el asunto SACYR-PEMEX y de que sus respectivos responsables de seguridad se reuniesen para tratarlo con CENYT, con el que ya había contactado el director de Seguridad de Repsol.
Y es que, aunque Brufau no admitiese «que conociese que Villarejo fuese miembro del Cuerpo Nacional de Policía en activo, sí reconoce que estaba al tanto de la contratación de un servicio externo de seguridad», apunta la Sala.
Así las cosas, y en relación con Repsol y Caixabank, la Sala incide en que hay «base indiciaria suficiente para contemplar una posible exigencia de responsabilidad penal» a sendas compañías, por lo que procede en este punto realizar una serie de diligencias antes de tomar una decisión respecto a estas dos personas jurídicas.
En este marco, el tribunal explica que el juez instructor acordó el sobreseimiento para ambas argumentando que habían implementado un modelo de prevención de delitos con reglas anticorrupción y controles para evitar la contratación de un funcionario público.