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Economía

La deuda de los morosos con Hacienda se reduce hasta los 15.200 millones

El número de deudores se sitúa en 6.076 deudores, un 13,7% menos que el curso pasado

La deuda de los morosos con Hacienda se reduce hasta los 15.200 millones

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.

La décima lista de morosos de la Agencia Tributaria incluye un total de 6.076 deudores con la Hacienda Pública de más de 600.000 euros a cierre de 2022, lo que supone un 13,7% menos respecto al volumen recogido en el pasado listado publicado el año pasado. Este descenso llega un año después de que el Tribunal Supremo dictaminara que solo pueden figurar en este documento las personas con deudas firmes.

Según los datos facilitados este viernes por la Agencia Tributaria, el importe global de deudas recogido en el nuevo listado alcanza los 15.212 millones de euros, un 14,1% menos, aunque restando duplicidades -ya que existen importes que corresponden a deudores principales y sus responsables solidarios-, el importe sería de 13.566 millones de euros y por tanto, un 6,9% inferior.

En los meses transcurridos desde la publicación, en junio de 2022, del anterior listado, un total de 2.223 deudores que tenían deudas pendientes a 31 diciembre de 2021 y por las que fueron publicados en el listado el 30 de junio pasado, han realizado ingresos para subsanarlas por un importe total de 388 millones. Por otra parte, se han realizado ingresos por importe de 87,6 millones correspondientes a deudores que han evitado aparecer en el 10º listado a publicar en junio de 2023

A partir de las 12.00 horas de este viernes, la Agencia Tributaria publicará en la página de su sede electrónica el décimo listado de mayores deudores con la Administración Tributaria.

Deudas por encima de los 600.000

Para ser seleccionadas, las deudas que figuran en el listado deben cumplir las condiciones de encontrarse por encima de los 600.000 euros, no haber sido pagadas transcurrido el plazo original de ingreso en período voluntario, que estén pendientes de pago a 31 de diciembre de 2022 y que no estén aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto.

Las sentencia del Supremo de principios de año incluyó nuevos supuestos que permiten eludir la lista, incluso aunque se deban más de 600.000 euros a Hacienda: que las deudas o sanciones no sean firmes o que la liquidación esté vinculada a delito y no tenga una sentencia condenatoria firme.

Se habilita, no obstante, la posibilidad de ser excluido de la publicación si previamente se efectúa el pago íntegro de las deudas y sanciones tributarias que hubieran determinado la inclusión en el listado. Así, la salida del listado no significa necesariamente que el contribuyente haya abonado su deuda, sino que puede deberse a que la haya aplazado, anulado, que haya prescrito o que se encuentre en uno de los nuevos supuestos establecidos por el Supremo

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