¿En qué casos se pierde la pensión de viudedad?
La cuantía media ronda los 900 euros mensuales y se calcula en base al 52% de la base reguladora del fallecido
En España más de 1,5 millones de personas reciben una pensión de viudedad, cuya cuantía media ronda los 900 euros mensuales y se calcula en base al 52% de la base reguladora del fallecido. Sin embargo, esta prestación no es vitalicia y puede extinguirse en diversos escenarios. A continuación, se detallan las principales causas:
Contraer nuevo matrimonio
- La pensión de viudedad se pierde en estos casos, salvo que el beneficiario cumpla con tres requisitos específicos:
- La pensión de viudedad debe ser su principal o única fuente de ingresos.
- Tener 61 años o más (o ser menor y tener reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, o acreditar una discapacidad superior al 65%).
- Los ingresos anuales del beneficiario, sumados a los de su nuevo cónyuge o pareja de hecho, no deben superar dos veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Fallecimiento del beneficiario
- La pensión de viudedad se extingue al fallecer el beneficiario.
Otras causas
- Declaración, en sentencia firme, de culpabilidad en la muerte del causante.
- Condena, en sentencia firme, por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas.
Cuál es el objetivo de esta pensión
El objetivo principal de la pensión de viudedad es compensar la pérdida de ingresos que sufre el cónyuge supérstite tras el fallecimiento de su pareja. Esta prestación busca garantizar un nivel de vida digno al beneficiario, especialmente si este tenía a su cargo a la familia o si la persona fallecida era la principal fuente de ingresos del hogar.
Requisitos para acceder a ella
Para poder cobrar la pensión de viudedad en España, es necesario cumplir una serie de requisitos generales, que se pueden resumir en los siguientes:
Situación conyugal
- Estar casado/a con la persona fallecida en el momento de su fallecimiento.
- En caso de separación legal, se puede tener derecho a la pensión si no se ha contraído nuevo matrimonio y se cumple con otros requisitos específicos.
- Las parejas de hecho también pueden tener derecho a la pensión, siempre que se acredite la existencia de una convivencia estable y duradera con la persona fallecida.
Cotización previa del causante
- La persona fallecida debía haber cotizado a la Seguridad Social durante un mínimo de tiempo determinado. Varía en función de la edad del beneficiario y de la causa del fallecimiento.
Recursos económicos
- Los ingresos del beneficiario no deben superar en general el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Salvo en algunas excepciones como tener hijos menores a cargo o discapacidad.
¿Dónde se puede solicitar?
La pensión de viudedad se puede solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, por correo ordinario o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (los trabajadores del mar deben hacerlo en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina).