Claves del caso Glovo: interpretaciones antagónicas y amenaza de prisión
La compañía originaria de Barcelona se juega mucho pese a la anunciada regularización de los ‘riders’
Glovo y las autoridades libran desde hace años un pulso que se ha traducido en sanciones multimillonarias, la imputación por un presunto delito contra los trabajadores al CEO, Óscar Pierre, y la exigencia desde la competencia de indemnizaciones no menos cuantiosas por lo que consideran una maniobra de competencia desleal.
Esta misma semana, la compañía anunciaba que convertirá a toda su plantilla de repartidores en personal laboral. Perteneciente al gigante alemán Delivery Hero, la startup originaria de Barcelona parece dar así su brazo a torcer. Pierre explicó en los juzgados que se trata de eliminar ese halo de conflicto que envuelve a la organización.
A continuación, uno de los bufetes más potentes de Europa revisa algunas de las claves de un caso que dista mucho de quedar cerrado. Para evitar polémicas, el despacho prefiere que su nombre no se cite.
¿Cuál es el marco regulatorio?
El Estatuto de los Trabajadores considera laboral una relación cuando el empleado está sometido al círculo rector y organizativo del empresario, respetando un control, unos horarios y unas instrucciones. Además, ese profesional por cuenta ajena no comparte el riesgo de la empresa que le contrata. Pase lo que pase, cobrará (en teoría) su salario.
Tanto la inspección del trabajo como la ley han apretado las tuercas al concepto del falso autónomo. Deja de ser relevante cómo califiquen las partes el contrato. Si se define como mercantil pero todo indica que es laboral, ésta será su verdadera naturaleza.
¿Qué ha pasado con las plataformas digitales?
«Esto ya no es una fábrica o una tienda donde acudes al centro de trabajo. Las fronteras se han desdibujado y siempre ha habido quien defiende el carácter autónomo de los repartidores de Glovo, ya que en muchos casos eligen sus horarios, aceptan los pedidos que quieren, eligen la ruta para llegar al cliente y no cobran si dicho cliente no está satisfecho con la operación», explican desde el bufete.
¿Qué dice el Tribunal Supremo?
En 2020, el tribunal unifica doctrina con una sentencia que da lugar a la denominada Ley Rider (12/2021). En ella se establece una presunción de laboralidad. Una reciente directiva europea profundiza en esa misma línea.
¿Ha ignorado Glovo las leyes?
«Glovo optó por mantener su modelo de negocio al considerar que era correcto, aunque con algunos ajustes para acomodarse a los requerimientos de la inspección, pero no se consideraron suficientes. Cuando tienes un falso autónomo, la inspección comunica el alta retroactiva de esos trabajadores, se levanta acta de liquidación para exigir las cuotas correspondientes y además se impone una multa por el incumplimiento», desgrana el despacho. Así surgen las abrumadoras sanciones que ahora debe afrontar la compañía.
¿Significa que las multas desaparecerán?
«En absoluto. Las sanciones tendrán que pagarse igualmente». Si bien Glovo se aferra a su interpretación de la normativa, para las administraciones públicas esa conversión masiva de autónomos en personal laboral puede implicar el reconocimiento de que las cosas no se hicieron bien.
¿Y el CEO?
Óscar Pierre ha declarado como imputado por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores. La Ley Orgánica 4/22 modifica el Código Penal precisamente para castigar a los empresarios que impongan a su fuerza laboral condiciones ilegales. Este tipo penal conlleva penas de prisión de entre seis meses y seis años y multas de seis a 12 meses.