El calvario del jubilado mutualista: Hacienda no le devolverá los pagos de más hasta 2028
Ocurre tras décadas tributando indebidamente por sus pensiones, en parte derivadas de aportaciones no deducibles

Una pareja de pensionistas paseando. | Europa Press
Miles de mutualistas en España asisten atónitos a una situación que combina frustración y desamparo, tras décadas tributando indebidamente por sus pensiones, parcialmente derivadas de aportaciones no deducibles a mutualidades laborales. Se trata de un calvario para los mutualistas, explican a THE OBJECTIVE los gestores administrativos. En su día pagaron por sus cotizaciones sociales, y tras una resolución del Tribunal Supremo que resuelve que es de justicia devolverles ese dinero que nunca pudieron deducirse en su declaración de la renta, el ministerio que dirige María Jesús Montero ha decidido ahora que esa reparación económica llegará, pero de manera fraccionada y con retraso, extendiéndose el calendario de devolución hasta 2028.
Una decisión ejecutiva «a todas luces injusta y además muy compleja. En definitiva, un calvario para el jubilado mutualista -detallan los gestores administrativos-, pues no podemos olvidar que afecta a personas mayores, para quienes estos trámites no son sencillos, y de hecho dan lugar no a que se puedan equivocar una vez cuando complementen esta solicitud, sino hasta cuatro veces».
El calendario corregido por la Administración -anteriormente Hacienda llegó a hacer pagos en su totalidad en un solo año- se extenderá durante los próximos cuatro años: en 2025 los mutualistas podrán solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y anteriores no prescritos; en 2026 se ha efectuar la solicitud de la devolución del ejercicio 2020; en 2027, la solicitud de la devolución del ejercicio 2021 y por último, en 2028 se deberá tramitar la solicitud de la devolución del ejercicio 2022.
Un calvario de calendario
Este cambio implica que los pensionistas deberán presentar una solicitud de devolución por cada año en lugar de una única conjunta, lo que complica la gestión y genera mayores posibilidades de introducir errores que podrían dilatar el proceso de recuperación de los importes pagados en exceso, insisten las fuentes consultadas.
La Agencia Tributaria ha anunciado que los nuevos formularios estarán disponibles en su sede electrónica durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF de cada año. Se trataba de un formulario que simplificaba el procedimiento de devolución al no tener que iniciarlo por la vía ordinaria.
Pero esta facilidad inicialmente ofrecida para reclamar una suma de dinero a devolver a estos ciudadanos afectados le pareció excesiva a Hacienda, a pesar de que -sostienen los gestores administrativos- en la mayoría de los casos los reclamantes son jubilados que viven de su pensión.
La prueba -añaden estas mismas fuentes- es que durante semanas, en la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2023, la AEAT retrasó las declaraciones de miles de afectados con la excusa de que estaban calculando los importes correctos a declarar. Finalmente, decidió posponer los pagos imponiendo el actual calendario.
Miles de jubilados mutualistas afectados
«Imaginemos por un momento -afirma el presidente de los gestores administrativos, Fernando Jesús Santiago Ollero– que un ciudadano, tras recibir una reclamación de Hacienda, propusiera devolver las cantidades adeudadas de manera gradual durante un lustro. La respuesta sería clara: el rigor administrativo no lo permitiría. No obstante, cuando los papeles se invierten y es la Agencia Tributaria quien debe restituir cantidades a los contribuyentes, los plazos se alargan y las soluciones parecen diseñadas para frustrar las expectativas de los afectados».
La cuestión -detallan los gestores- es que el problema afecta a miles de jubilados de mutualidades de banca, minería, siderurgia y función pública, entre otros sectores. Asimismo, indican que se genera una evidente doble imposición.
Aunque el Tribunal Supremo ha confirmado recientemente el derecho de los mutualistas a tributar solo por el 75% de estas pensiones, dejando el 25% exento, el procedimiento de devolución aplicado por Hacienda multiplica los obstáculos y dilaciones.
«Un dinero necesario»
«Para muchos de los afectados, este dinero no solo es un derecho, sino una necesidad para cubrir gastos básicos en una etapa de la vida donde cada recurso cuenta», afirma Santiago. «Fragmentar estas devoluciones no solo posterga una reparación justa, sino que añade una carga innecesaria de trámites administrativos para personas que, en muchos casos, no disponen de la energía ni los medios para enfrentarse a este proceso prolongado».
Por eso «desde el Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos -añade Santiago Ollero- hacemos un llamamiento a la Administración para que reconsidere su postura. No pedimos privilegios ni concesiones, sino que se actúe con la celeridad y la eficacia que cabría esperar en un caso donde la justicia ya ha sido reconocida por los tribunales. Retrasar estas devoluciones es, en esencia, perpetuar una situación de desigualdad e indefensión para los contribuyentes».
«Vulneración del derecho de los contribuyentes»
Esta pasada semana, el Consejo General de Economistas también se pronunciaba al respecto. Su presidente, Valentín Pich, aprovechó un acto en el que se presentaba el IV Barómetro de Perspectivas Económicas, para señalar la actuación de Hacienda, generando un gran revuelo para el colectivo de los mutualistas y por ende, para los asesores fiscales.
En concreto, señaló que «la Ley 7/2024, que introdujo a final de año una batería de medidas fiscales, a
través de una disposición final anula las solicitudes de devoluciones de mutualistas presentadas antes del 22
de diciembre de 2024, regulando un nuevo procedimiento para gestionar estas devoluciones, que deberán
solicitarse anualmente a partir de 2025 mediante formularios disponibles en la Agencia Tributaria».
El Consejo General de Economistas de España (CGEE) «no comparte esta nueva situación porque discrimina entre los contribuyentes que aún no han percibido la devolución y que han de esperar hasta el 2028 para recuperar la totalidad de las devoluciones de aquellos otros que ya han recibido la totalidad de los importes. El CGE considera también desafortunado el nuevo procedimiento, ya que limita la posibilidad de acudir al procedimiento general de rectificación o de devolución de autoliquidaciones previstos. en opinión de Pich, «esta restricción podría derivar en una vulneración de los derechos de los contribuyentes».