Las novedades de la declaración de la renta 2025: nuevo formulario para los desempleados
Hacienda obliga a todos los desempleados a presentar sus declaraciones de la renta a partir de este año

Nuevos cambios. | Asesoría Centro
El Ministerio de Hacienda ha anunciado una serie de novedades para la declaración de la renta de este año 2025. La campaña para presentar la renta comenzará el próximo 2 de abril, aunque los contribuyentes ya pueden acceder a su borrador. El plazo para la presentación finalizará el 30 de abril.
Una de las principales novedades es la ampliación de los medios de pago para aquellos contribuyentes cuya declaración resulte a ingresar. Además de los métodos tradicionales (cargo en cuenta, domiciliación y documento de ingreso), este año se podrá pagar con tarjeta de crédito o a través de Bizum.
¿Cuáles son las novedades?
Además de las opciones online y presencial, los contribuyentes también podrán presentar la declaración de la renta por teléfono a partir del 6 de mayo, siempre y cuando soliciten una cita previa a partir del 29 de abril.
Si prefieres recibir ayuda personalizada, puedes acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria. Las citas para la atención presencial se podrán solicitar a partir del 2 de junio. Hacienda también ha introducido una serie de modificaciones que afectarán a los parados en España, así como al formulario de devolución y la forma de autoliquidación de la renta de este año.
La novedad para los desempleados
Sin duda, una de las novedades más relevantes de cara a la presentación de la renta de este año 2025 es que las personas en paro que se estén beneficiando de la prestación por desempleo deberán presentar obligatoriamente la declaración de la renta. Hacienda ya no tendrá en cuenta si estas personas cumplen o no con el mínimo para hacerla, y obligará a todos los desempleados a presentar sus correspondientes declaraciones de la renta a partir de este año.
Hasta el pasado año, las personas en situación de desempleo en España que cobraban esta prestación, no estaban obligadas a realizar la declaración de la renta si sus ingresos no superaban los 22.000 euros anuales, o 15.000 euros en los casos en los que hubieran tenido dos o más pagadores. Las personas que durante el pasado año cumplieran con los requisitos para beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital (IMV), también estarán obligados a presentar la declaración de la renta en 2025.
Nuevo sistema de autoliquidación
Con el objetivo de mejorar la asistencia al contribuyente y la gestión de sus impuestos, Hacienda ha introducido una serie de medidas innovadoras. Una de las más destacadas es la modernización del sistema de autoliquidación, que ahora será único y más sencillo.
El nuevo sistema, denominado «autoliquidación rectificativa», sustituye el antiguo sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación. Esto permitirá a los contribuyentes modificar sus declaraciones ya presentadas de forma más ágil, sin necesidad de esperar una resolución administrativa.

Gracias a este nuevo sistema, los contribuyentes contarán con una mayor asistencia a la hora de presentar su declaración de la renta, lo que contribuirá a mejorar la gestión tributaria de sus impuestos.
Además, aquellos contribuyentes que no tengan que realizar ningún cambio en su declaración con respecto al año anterior podrán disfrutar de un nuevo servicio que les ayudará a presentar su renta de forma mucho más rápida.
Atención mutualistas jubilados
Además de las novedades mencionadas anteriormente, Hacienda recuerda a los mutualistas jubilados que se ha producido un cambio en la tramitación de sus devoluciones de IRPF. La reforma fiscal aprobada por el Congreso establece que los pagos asociados a estas pensiones se distribuirán en un total de cuatro años.
La Agencia Tributaria ha anunciado que analizará todos aquellos procedimientos que hayan presentado en su web el formulario de apoderamiento. «La tramitación del correspondiente procedimiento de devolución únicamente se podrá efectuar mediante la presentación de este formulario», destacan desde la Agencia Tributaria.