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Economía

La nueva ley del tabaco prohibirá también fumar en las plazas de toros

La medida se incluirá dentro del apartado de espectáculos, según fuentes del Ministerio de Sanidad

La nueva ley del tabaco prohibirá también fumar en las plazas de toros

Morante de la Pueblo fumando un puro. | Fermín Rodríguez

Nuevo revés para el mundo taurino. El anteproyecto de la nueva ley del tabaco, aprobado este martes en primera vuelta, contempla la prohibición de fumar en las plazas de toros. Una medida que afecta a una costumbre profundamente arraigada, no solo entre los espectadores, sino también entre los propios toreros. No en vano es habitual la imagen de quienes se juegan la vida en el ruedo exhibiendo un puro entre faena y faena. Morante de la Puebla, por ejemplo, acostumbra a presumir de habano entre morlacos, consolidando una estampa que muchos consideran inseparable de la tradición taurina.

Pues bien, esta postal tan reconocible desaparecerá de los cosos taurinos cuando entre en vigor la nueva ley antitabaco. Así lo confirman desde el Ministerio de Sanidad a THE OBJECTIVE, donde precisan que la medida se incluirá dentro del apartado de espectáculos. El texto del anteproyecto de ley modifica el artículo 7 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre de medidas sanitarias frente al tabaquismo con el objetivo de ampliar los espacios sin humo a exteriores de las instalaciones deportivas y recintos donde se desarrollen espectáculos públicos de cualquier índole. Una ampliación que, de aprobarse definitivamente, supondrá un cambio notable en la experiencia de acudir a una corrida.

Actualmente, fumar está prohibido únicamente en las plazas de toros cubiertas y en las portátiles con cierre, pero sigue siendo legal hacerlo en las descubiertas, que son mayoría. Se trata de una costumbre hondamente enraizada, tanto que los cosos taurinos han ido encontrando resquicios legales para esquivar las restricciones de anteriores normativas, como la de 2010, que vetó el tabaco en todos los lugares públicos cerrados y en algunos espacios abiertos. La nueva reforma promete poner fin a esa excepción y acabar definitivamente con los cigarrillos y los puros en los tendidos. Está por verse, no obstante, que el sector lo acepte de buen grado, pues muchos lo interpretan como un golpe a la esencia misma de la fiesta. Y es que tan característico de una plaza de toros es un ¡olé!, como el humo de un puro elevándose sobre el tendido. Ya lo dice el refrán: «Tarde de toros sin puro no vale un duro».

Esta medida contra el hábito de fumar en los cosos taurinos se enmarca en un contexto de cambios más amplios promovidos por el Gobierno. Entre ellos, destaca la supresión del Premio Nacional de Tauromaquia por parte del Ministerio de Cultura, bajo el liderazgo de Ernest Urtasun, una decisión publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 6 de septiembre de 2024, que algunos sectores interpretan como otro varapalo a la tradición taurina en España.

Lugares donde se prohibirá fumar

El anteproyecto ha sido aprobado este martes en el Consejo de Ministros. Ahora se abrirá un plazo para la presentación de enmiendas y, posteriormente, su votación en segunda vuelta de nuevo en el Consejo. Después comenzar su andadura parlamentaria, donde deberá buscar su definitiva aprobación.

Según el texto, estos son los lugares en los que –además de los ya vetados– estará prohibido fumar: vehículos utilizados por el empleado como lugares de trabajo; centros universitarios y centros de formación de adultos; interiores y exteriores de piscinas de uso colectivo; exteriores de las instalaciones deportivas y recintos donde se desarrollen espectáculos públicos; espacios al aire libre de salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público en general; estaciones de autobuses al aire libre; vehículos de transporte con conductor; espacios del transporte suburbano que se encuentren por completo al aire libre; exteriores de bares, restaurantes y demás establecimientos comerciales; conciertos; salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos que se realicen en espacios abiertos; así como una protección reforzada en entornos de espacios sanitarios, culturales, educativos, deportivos, sociales y parques o recintos infantiles.

Multas de hasta 600.000 euros

El proyecto del Gobierno busca equiparar el tratamiento normativo de estos productos al del tabaco convencional, extendiendo a estos las mismas restricciones en cuanto a presentación, etiquetado, información al consumidor y publicidad. Esta decisión responde a la necesidad de incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva Delegada (UE) 2022/2100 de la Comisión Europea, que modificó la Directiva 2014/40/UE en relación con estos productos.

Además, la ley encarece la publicidad y patrocinios de tabaco y derivados, quedando prohibido el patrocinio de los productos del tabaco para su consumo, así como toda clase de publicidad y promoción en todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras y los servicios de la sociedad de la información. El incumpliendo de esta normativa puede llevar sanciones de hasta 600.000 euros. También el Gobierno elimina del mercado los vapers de un solo uso, es decir, los desechables.

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