The Objective
Economía

Si naciste entre 1960 y 2002, podrías cobrar una ayuda de 1.500 euros al mes

La cuantía de la subvención varía para adaptarse a las circunstancias de cada persona, de modo que se vea beneficiada

Si naciste entre 1960 y 2002, podrías cobrar una ayuda de 1.500 euros al mes

Un padre agarra la mano a su hija. | Freepik

Los ciudadanos españoles con edades comprendidas entre los 23 y los 65 años, es decir, aquellas personas nacidas desde 1960 hasta 2002, pueden acceder a una ayuda económica gestionada por la Seguridad Social cuya cuantía puede ascender hasta los 1.595 euros al mes.

En España, combatir la pobreza continúa siendo un reto, ya que, más de 10 millones de personas tienen dificultades para cubrir necesidades básicas, según datos oficiales. Con motivo de esta lucha, en el año 2020 el Gobierno puso en marcha el Ingreso Mínimo Vital, una ayuda para garantizar ingresos mínimos a los hogares más vulnerables. A día de hoy, son más de 2,3 millones los individuos favorecidos con ella.

¿En qué consiste esta ayuda?

Esta prestación económica se creó para garantizar que todas las personas y hogares en España dispongan de un nivel mínimo de ingresos que les permita cubrir sus necesidades básicas y está dirigida a personas en situación de vulnerabilidad económica o riesgo de exclusión social. Además de la subvención, también busca fomentar la inclusión social y laboral de los beneficiarios, promoviendo su participación en programas de empleo, formación y apoyo social que faciliten la mejora de su situación económica y personal.

La cuantía de esta ayuda varía en función del número de miembros de la unidad de convivencia, los ingresos y el patrimonio disponible. La mínima garantizada es de 658,81 euros al mes para una persona adulta sola, pero sube cuando hay más miembros y se añaden complementos por hijos menores. Además, existen incrementos para hogares monoparentales y para beneficiarios con discapacidad igual o superior al 65%. De este modo, se adapta a las circunstancias de cada hogar, ofreciendo un apoyo mayor a las familias con menores, personas dependientes o situaciones especiales.

Personas que la pueden solicitar

Las personas nacidas entre los años comprendidos en las fechas anteriormente mencionadas cumplen con el requisito general de edad (de 23 a 65 años en 2025), aunque también pueden solicitarla los jóvenes de 18 a 22 años que hayan estado bajo tutela en centros de protección de menores. Por otro lado, se debe tener residencia legal y efectiva en España al menos durante el año anterior a la solicitud, salvo en el caso de víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género. La documentación obligatoria a presentar es el DNI o NIE, el certificado de empadronamiento actualizado, el libro de familia, la última declaración de la renta y los justificantes de ingresos.

En relación con la situación económica del solicitante, los ingresos deben estar por debajo de los límites que determinan la vulnerabilidad. Por ejemplo, en el caso de ser un adulto solo, no deben superar los 20.353,62 euros al año (1.449,39 euros al mes). Si se trata de un adulto y dos menores, los ingresos anuales deben situarse por debajo de los 36.636,52 euros y, en el supuesto de ser dos adultos y dos menores, no se deben exceder los 44.777,96 euros al año. Por último, respecto al patrimonio, este no debe superar los límites establecidos para bienes no empresariales, como acciones, terrenos o inmuebles distintos de la vivienda habitual.

Cuantías máximas por unidades de convivencia

  • Un adulto y un menor / dos adultos: 856,46 euros.
  • Unidades de tres miembros: 1.054,10 euros.
  • Unidades de cuatro miembros: 1.251,75 euros.
  • Unidades de convivencia con cinco o más personas: 1.449,39 euros.
  • Familias monoparentales con un menor: 1.001,4 euros.
  • Familias monoparentales con dos menores: 1.199,04 euros.
  • Familias monoparentales con tres menores: 1.396,69 euros.
  • Familias monoparentales con cuatro o más menores: 1.594,33 euros.
Various different Euros background

Abono del Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital se abona de manera mensual mediante transferencia bancaria y el derecho a cobrarlo comienza el primer día del mes siguiente al de la solicitud aprobada. La Seguridad Social realiza el pago oficialmente entre los días 1 y 4 de cada mes. Sin embargo, muchas entidades bancarias adelantan el ingreso, por lo que numerosos beneficiarios lo reciben entre los días 23 y 25 del mes anterior, aunque la fecha exacta puede variar según el banco y los días festivos.

Publicidad