Así puedes cobrar el paro aunque hayas dejado tu trabajo voluntariamente
Es recomendable consultar con el SEPE la prestación exacta que mejor se adapta al perfil del trabajador

Un edificio del INEM. | Europa Press
En el mercado laboral actual, es conocido que la regla general establece que si un trabajador abandona su empleo por decisión propia, no tendrá derecho a percibir la prestación por desempleo.
Sin embargo, existen excepciones que permiten acceder al paro incluso cuando, aparentemente, la finalización de la relación laboral parte del trabajador.
Cobrar el paro si has dejado el trabajo
A continuación se detallan algunas de las situaciones más relevantes en las que, aun dejando el trabajo voluntariamente, el trabajador puede considerarse en situación legal de desempleo:
1. Impago o retraso del salario
Si la empresa no ha abonado el salario en el tiempo debido. Es decir si se han producido retrasos en el pago o directamente imagos al trabajador. Así, cuando existe un impago reiterado o retrasos importantes en las nóminas que se prolongan en el tiempo, el trabajador puede instar la extinción de su contrato y optar al paro tal como si hubiese sido despedido.
El procedimiento requiere, además de reunir la documentación acudir a la jurisdicción social para que se declare que la extinción del contrato como causa imputable al empresario, y no como una dimisión voluntaria sin más. Si esta resolución judicial dictamina correctamente la extinción, entonces la persona puede acceder a prestaciones por desempleo como si fuera un despido improcedente.
2. Modificación de las condiciones laborales
Otra causa que puede permitir la salida voluntaria con derecho al paro es cuando la empresa realiza modificaciones sustanciales en las condiciones del trabajo sin seguir los plazos y procedimientos legalmente previstos. En tales casos, el trabajador puede solicitar la extinción del contrato por esta causa objetiva y acceder al paro.
No basta con que el trabajador considere que las condiciones han cambiado, debe acreditarse que el cambio ha sido grave, que la empresa no ha respetado la normativa interna y que el nuevo escenario afecta drásticamente al trabajador. En esos supuestos, la baja voluntaria forma parte de un incumplimiento empresarial.
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3. Traslado de centro de trabajo
Un tercer supuesto previsto por ley, es el de traslado de centro de trabajo que implique cambio de domicilio del trabajador y que no sea aceptado por este por no ser razonable o porque la empresa no lo ha comunicado adecuadamente. En esos casos, el trabajador puede extinguir el contrato y acceder al paro.
4. Incumplimientos graves de la empresa
La normativa y la jurisprudencia recogen que pueden existir más supuestos en los que el trabajador está facultado para abandonar su empleo y tener derecho al paro, siempre que se demuestre que la causa de la baja es imputable al empleador. Por ejemplo, en casos de acoso laboral grave, incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos o pago en negro.
Tipos de prestaciones por desempleo
Una vez que se acredita la situación legal de desempleo, habrá que determinar qué tipo de prestación corresponde según las cotizaciones previas, la situación personal y el tiempo trabajado:
1. Prestación contributiva
Esta es la prestación clásica de paro para trabajadores por cuenta ajena que han cotizado lo suficiente y han perdido el empleo de forma involuntaria. En general, para tener derecho a ella se exige haber cotizado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores al cese.
La cuantía se calcula sobre la base reguladora (promedio de las bases de cotización de los últimos 12 meses) y la duración depende del tiempo trabajado y cotizado. Es decir: cuanto mayor sea el período cotizado, más meses de prestación se podrán percibir.
2. Subsidios por desempleo
Para quienes no alcanzan el mínimo exigido para la prestación contributiva, existen subsidios alternativos que permiten acceder a una ayuda económica mientras se busca empleo. Estos subsidios suelen ser de cuantía inferior, tienen requisitos específicos vinculados a la situación familiar y están condicionados a la inscripción como demandante de empleo.
3. Compatibilización
Además, existen otras prestaciones específicas para autónomos que cesan su actividad o para quienes reducen la jornada laboral en ambos casos de forma voluntaria.
@_diaz_yolanda El subsidio por desempleo no es “una paguita”, es un derecho. Hoy la gente trabajadora va a poder vivir un poco mejor.
sonido original – Yolanda_Diaz_
En todos los casos, para acceder a la prestación deseada, además de cumplir los requisitos formales y de cotización, el solicitante debe estar inscrito como demandante de empleo, cumplir los plazos de solicitud, no haber abandonado voluntariamente el empleo sin causa justificada. Además, de no haber generado la situación de desempleo por su propia decisión sin motivo.
