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Economía

Hacienda lo desmiente: «El pago de Bizum solo lo tendrán que declarar estas entidades»

Solo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España

Hacienda lo desmiente: «El pago de Bizum solo lo tendrán que declarar estas entidades»

El logotipo de Bizum. | Canva

En los últimos meses, algunos vídeos en redes sociales han generado inquietud entre los ciudadanos ante la supuesta obligación de declarar los pagos realizados mediante Bizum. Y es que ante, mensajes virales que sugerían que cualquier movimiento entre particulares podría estar sujeto a fiscalización automática.

Sin embargo, desde el Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria se ha insistido de forma reiterada en que estas informaciones son incorrectas. Lejos de introducir nuevas obligaciones para los ciudadanos en general, la modificación normativa aprobada tiene un alcance muy concreto y limitado.

Logotipo de Bizum. Canva
Logotipo de Bizum. Canva

El desmentido de Hacienda

La Agencia Tributaria ha explicado que la nueva obligación informativa relacionada con Bizum no implica un cambio en las reglas fiscales para los particulares. Se trata de una adaptación del sistema de información tributaria a los nuevos medios de pago electrónicos.

Según Hacienda, a partir de febrero de 2026 las entidades financieras deberán remitir mensualmente información agregada sobre la facturación realizada a través de Bizum por empresarios y profesionales. Tal y como informa, estos datos no se enviará operación por operación, sino de forma acumulada por meses.

La modificación normativa fue aprobada en abril de 2025. Desde ese momento, la Agencia Tributaria ha mantenido un contacto permanente con las entidades financieras para garantizar una correcta implementación del nuevo sistema. Además, afirma que esta obligación se enmarca en las funciones habituales de control tributario sobre la actividad económica. Y que, en ningún caso supone la creación de un nuevo impuesto. Ni tampoco, la obligación de declarar ingresos que ya no estuvieran sujetos a tributación.

Quién tendrá que declarar los pagos

La obligación de informar a la Agencia Tributaria recaerá exclusivamente en las entidades financieras y entidades de pago que gestionen cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes. No son los ciudadanos ni los usuarios de Bizum quienes deben presentar ninguna declaración adicional por este motivo.

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Concretamente, las entidades financieras deberán suministrar mensualmente a la Agencia Tributaria una serie de datos relativos a los empresarios y profesionales adheridos al sistema de cobro mediante Bizum. Entre la información que deberá comunicarse se encuentra la identificación completa del empresario o profesional. También el número de comercio con el que opera, los terminales de venta asociados. Así como el importe total facturado mensualmente a través de este medio de pago.

Asimismo, las entidades deberán identificar las cuentas bancarias o de pago a través de las cuales se efectúan los cobros. Esta información permitirá a la Agencia Tributaria disponer de una visión global de la facturación declarada por los negocios. Por lo que, los envíos de dinero entre amigos, ya sea para compartir gastos, devolver un préstamo o realizar un regalo, no serán objeto de declaración.

Además, Hacienda recalca que esta obligación informativa no tiene ningún impacto directo en los particulares. La información que los bancos remitirán será mensual y acumulada por cada empresario o profesional. Sin que se modifique la forma en que los ciudadanos utilizan Bizum en su vida diaria.

En definitiva, la Agencia Tributaria ha salido al paso de los rumores para dejar claro que la nueva obligación informativa sobre Bizum no introduce cambios para los particulares. Ni tampoco afecta a los pagos entre personas físicas.

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