El Tribunal de Cuentas alertó hace un mes de fallos en el control de los contratos de ADIF
Un informe de fiscalización detecta valoraciones técnicas sin motivación suficiente en adjudicaciones

El accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba) ha reabierto el foco sobre la fiabilidad de la red y ha puesto en el foco contratos de ADIF.
El accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba) ha reabierto el foco sobre la fiabilidad de la red. La investigación técnica deberá establecer causas y responsabilidades del siniestro. En paralelo, el debate público vuelve a un asunto menos visible, pero decisivo: cómo se planifica, se contrata y se controla el dinero que sostiene obras y servicios. En ese plano, el Tribunal de Cuentas dejó un aviso previo. Hace apenas un mes aprobó un informe sobre ADIF y ADIF Alta Velocidad en el que identifica fallos de control, problemas de trazabilidad y debilidades en la motivación de puntuaciones en contratación. El documento no atribuye esas carencias al accidente, pero sí describe déficits que dificultan auditar decisiones de gasto y adjudicación.
El informe, aprobado el 18 de diciembre de 2025 y analizado por THE OBJECTIVE, fiscaliza los procedimientos de gestión y control implantados por ADIF y ADIF Alta Velocidad para ejecutar actuaciones financiadas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). No es una auditoría de seguridad ferroviaria ni un examen de mantenimiento de vía. Su objetivo es comprobar si el sistema deja un rastro documental suficiente: qué medidas se implantan, cómo se evalúan ofertas y cómo se justifica la asignación de recursos.
La primera advertencia del Tribunal de Cuentas afecta a la vertiente denominada «transformación» del modelo de gobernanza del PRTR, concebida como un conjunto de iniciativas para mitigar «puntos críticos». El órgano fiscalizador concluye que «no existe evidencia documental» de la conclusión e implantación de medidas. Y subraya el efecto inmediato: esa ausencia «hace imposible verificar» su implantación y eficacia e «incrementa significativamente la incertidumbre sobre la estabilidad y no revocabilidad» de dichas medidas.
Riesgo de arbitrariedad
El segundo bloque del informe entra en el núcleo de la contratación pública: la motivación de la puntuación, especialmente cuando intervienen criterios sujetos a juicio de valor. En un expediente vinculado al PRTR, el Tribunal concluye que la valoración técnica «adolece de falta de transparencia y de motivación» y advierte de que esa debilidad puede amparar una asignación «injustificada y arbitraria», en referencia al marco de la Ley de Contratos del Sector Público. La motivación es lo que permite entender por qué se asignan puntos y sostener el control posterior. Si falta, el expediente se vuelve vulnerable: ante recursos y, sobre todo, ante la imposibilidad de reconstruir con precisión el criterio real de la adjudicación.
El Tribunal de Cuentas añade un diagnóstico de diseño que agrava el problema: detecta un modelo de pliegos e informes de valoración que dificulta que los licitadores sepan de antemano qué aspectos pesan más en criterios evaluados por juicio de valor. Critica la falta de ponderación de subcriterios y la existencia de bandas amplias de puntuación —en el informe se citan márgenes del 50% y del 57%—, una configuración que, a juicio del auditor, debilita la transparencia y la igualdad de trato.
El tercer eje de la fiscalización es la trazabilidad de los intervinientes. El Tribunal subraya que técnicos de Ineco elaboraron una valoración técnica y que ADIF no justificó adecuadamente la cobertura legal o contractual de esa intervención. Añade un detalle clave para el control: esos técnicos «no figuran en ningún documento del expediente», lo que el informe encuadra como falta de transparencia. También describe una operativa con un grupo de apoyo «en gran parte por personal de Ineco» y menciona transmisiones verbales de instrucciones, una dinámica que tensiona el rastro documental exigible cuando se decide la puntuación de licitadores.
Procedimientos de ADIF
El informe incorpora un hito institucional: el consejero ponente trasladó los hechos a la Fiscalía Anticorrupción el 26 de junio de 2025, aportando análisis y documentación de la fiscalización. Ese traslado no equivale a una condena ni a una conclusión penal: es un paso procedimental para que el Ministerio Público valore el material recopilado.
El aviso del Tribunal de Cuentas no pretende explicar el accidente ni sustituir a la investigación técnica. Su alcance es otro: exponer fallos de control que afectan al corazón de la contratación pública —evidencia documental, trazabilidad, transparencia y motivación—. Cuando los expedientes no permiten comprobar la implantación de medidas o justificar con precisión las puntuaciones, el control externo se debilita y el sistema queda más expuesto al error, la litigiosidad y el conflicto.
