Moncloa amenaza con denunciar al consejo de Indra si Escribano resiste al frente
La Ley de Sociedades de Capital señala que los administradores deben comunicar cualquier situación de conflicto

Ángel Escribano. | EP
El Ejecutivo de Pedro Sánchez ya tiene una estrategia para acabar con la continuidad de Ángel Escribano en la presidencia de Indra. El conflicto de interés será el argumento principal, y llegado el caso se acudirá a los tribunales. Todo para que el fundador de Escribano Mechanical & Engineering (EM&M) abandone la dirección de la compañía.
La maquinaria de Moncloa estudia acudir a la Justicia por conflicto de interés «estructural», amparándose en el artículo 229.1 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC). Alegaría en tal caso que la permanencia de Ángel Escribano entra en contradicción con este marco regulatorio. Escribano quería que Indra comprara la empresa que él mismo fundó, y de la que es propietario (EM&M) junto a su hermano. El Gobierno truncó la operación y desde entonces Sánchez lo quiere fuera de manera notoria.
El hecho de que se opte por esta vía ahora y no antes es que, con anterioridad al bloqueo de la compra, el hecho era «confluencia», que no «conflicto» de interés. Ahora Indra y Escribano son competidores (antes confluían en intereses si se producía la fusión), y es ahí donde está el razonamiento jurídico de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), principal accionista de Indra.
Este argumento es en el que quiere centrarse ahora el Ejecutivo para forzar la salida de los representantes de Escribano en el Consejo de Administración, y por extensión el presidente. Escribano tiene un 14% del accionariado de la corporación pública tecnológica; SEPI tiene el 28%.
En la actualidad, Escribano dispone de dos asientos, el del propio presidente, Ángel Escribano, y el de su hermano, Javier Escribano. Se da la circunstancia de que ambos son fundadores de EM&M y poseen el 100% de su capital social, al 50% cada uno.
Lo que establece la Ley de Sociedades de Capital
El artículo 229.1 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) establece el deber de evitar situaciones de conflicto de interés por parte de los administradores. En el contexto de Indra, este precepto legal encaja de forma clave debido a la doble condición de los hermanos Escribano: son administradores en una cotizada estratégica y, simultáneamente, propietarios del 100% de un ahora competidor directo (EM&M).
La ley prohíbe específicamente desarrollar actividades por cuenta propia o ajena que supongan una competencia efectiva con la sociedad de la que son consejeros. Al haber fracasado la operación de compra de EM&M por parte de Indra, la relación ha pasado de ser una potencial integración a una rivalidad de mercado pura, lo que activa el riesgo de que las decisiones tomadas en el consejo de Indra puedan beneficiar injustamente a su empresa familiar o perjudicar los intereses de la tecnológica pública.
En concreto, el apartado f) del artículo 229.1 establece como conflicto de interés el «desarrollo de actividades por cuenta propia o cuenta ajena que entrañen una competencia efectiva, sea actual o potencial, con la sociedad o que, de cualquier otro modo, le sitúen en un conflicto permanente con los intereses de la sociedad».
El razonamiento jurídico de la SEPI se centra en la naturaleza «estructural» del conflicto. Bajo la mira de este artículo, no se trata solo de un evento puntual, como una votación específica, sino de una situación permanente derivada de la identidad de intereses entre el administrador y un tercer competidor.
La LSC busca proteger el interés social de la compañía por encima de los intereses particulares de sus consejeros. Si Ángel y Javier Escribano tienen acceso a la estrategia de defensa y tecnología de Indra mientras dirigen una empresa que puja por los mismos contratos, la ley entiende que se vulnera el deber de lealtad. El argumento del Gobierno sostiene que esta colisión de intereses es insalvable mediante la simple abstención en puntos del día, exigiendo la salida del órgano de administración para preservar la integridad del marco regulatorio de sociedades capitalistas.
Un aspecto fundamental en la aplicación de este artículo es la distinción entre confluencia y conflicto. Mientras existía la posibilidad de que Indra absorbiera a EM&M, los intereses de ambas partes caminaban hacia un objetivo común: el éxito de la operación. Sin embargo, una vez que el Gobierno bloqueó la compra, EM&M se mantiene como una entidad independiente y competidora en el sector de la ingeniería mecánica y de defensa. El artículo 229.1 de la LSC es tajante al señalar que los administradores deben comunicar cualquier situación de conflicto y, en casos de competencia directa, la junta general podría incluso exigir el cese.

