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Los precedentes que dan la razón a la demanda contra BBVA y ADIF en Madrid Nuevo Norte

La Asociación ‘No Abuso’ y Baraka mantienen abiertos dos procedimientos judiciales que podrían paralizar la promoción

Los precedentes que dan la razón a la demanda   contra BBVA y ADIF en Madrid Nuevo Norte

Recreación del proyecto Madrid Nuevo Norte

La Asociación ‘No Abuso’ y el Grupo Baraka (Trinitario Casanova) piden a la Justicia que les reconozcan los «derechos de reversión» sobre las parcelas sobre las que se construirá el megaproyecto urbanístico Madrid Nuevo Norte. Por su parte, la empresa pública ADIF y el BBVA, San José y Merlin, agrupados en la sociedad Crea Madrid Nuevo Norte (CMNN), que está encargada del proyecto desconocen estas reivindicaciones y afirman que no se ajustan a derecho y que trabajan con pleno respeto a la legalidad y con la máxima seguridad jurídica.

Los denunciantes han abierto dos procesos judiciales: uno ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para pedir estos derechos, lo que supondría recuperar los terrenos u obtener una indemnización equivalente a su valor actual que cifran en 1.000 millones de euros; y otro ante la Audiencia Nacional (AN), para anular el acuerdo de 2018 entre el Ministerio de Fomento y la concesionaria que permitió la cesión definitiva de los terrenos.

Del mismo modo, argumentan que existen precedentes que les dan la razón en sus demandas. De hecho, la documentación a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE demuestra al menos dos casos en los que se han reconocido estos derechos de reversión, uno de ellos relacionado con la misma expropiación de los terrenos realizada hace 80 años para construir la Estación de Chamartín y la ampliación de los recintos ferroviarios de Fuencarral.

Crea Madrid Nuevo Norte

Uno de los puntos de conflicto y que ADIF argumenta para no reconocer estos derechos de reversión es la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) que entró en vigor el 6 de noviembre de 1999 y que reformaba la Ley de Expropiación Forzosa (LEF) en la que se basan las reclamaciones de los denunciantes. Según la Disposición Transitoria 2a la primera norma «no será de aplicación a aquellos bienes y derechos sobre los que, a la entrada en vigor de la ley, se hubiera presentado solicitud de reversión».

No obstante, los reversionistas sostienen que su solicitud original —continuada y actualizada en 2022 con la ayuda de Baraka— se hizo una semana antes (el 29 de octubre de 1999), precisamente antes de la entrada en vigor de la modificación. Y que además indican que les avala una sentencia del Tribunal Supremo de 2011 y del 16 de mayo de 2014 que dice que esta disposición transitoria «no fija el momento de aplicación de la nueva ley en atención de la fecha en que se produjo la expropiación, ni siquiera en función del momento en que concurran los requisitos que condicionan el ejercicio del derecho de reversión, sino que tiene en cuenta única y exclusivamente, como fecha de inicio de la aplicación de la ley, la fecha del ejercicio del derecho de reversión mediante la presentación de la correspondiente solicitud».

ADIF y Crea Madrid Nuevo Norte (de la que BBVA posee el 75%) se aferran a la nueva redacción de la Ley de Expropiación Forzosa y específicamente a su artículo 54, que excluye los derechos de reversión cuando la afectación del terreno expropiado se prolongue diez años desde la terminación de la obra; o si hubieran transcurrido 20 años desde la toma de posesión del terreno si se tratase de sobrantes. Pero los reversionistas consideran que al realizar su reclamación antes de la publicación de la reforma están sometidos a la redacción original del texto legal.

Derechos de reversión

Del mismo modo, advierten que hay al menos dos actuaciones explícitas de la Administración en situaciones idénticas en las que sí se han validado estos derechos. El primero es el reconocimiento de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) de los derechos de reversión de los miembros de la Asociación de Antiguos Vecinos del pueblo de Saqués (Huelva) por considerar que están sometidos a la redacción de la LEF anterior a su reforma por la LOE, incluso a pesar de que fueron reclamados en 2001. Se consideró entonces que era la continuación de las denuncias que habían formulado años antes los integrantes de la asociación y que habían sido desestimadas en firme por no haber estado desafectados los terrenos en ese momento.

También hay un precedente en el acuerdo transaccional suscrito en 1996 por la concesionaria (en ese momento DUCH) y los Jesuitas. En ese momento se compensó económicamente a la congregación a cambio de su renuncia a los derechos de reversión que le correspondían por la expropiación de una serie de terrenos para construir los recintos ferroviarios de Chamartín y Fuencarral. Para la Asociación ‘No Abuso’ y Baraka, hablamos de derechos de idéntica condición a los que reclaman.

Renfe y ADIF

Señalan además que la concesionaria daba cumplimiento a su compromiso suscrito en 1993 con el Ministerio de Fomento de entonces (dirigido por Josep Borrell) de asumir los derechos de reversión correspondientes a los terrenos objeto de transmisión y haciendo uso de las facultades que le fueron expresamente atribuidas en el documento de adjudicación de la concesión. En ese momento —indican— sin objeción por parte de Renfe (hoy ADIF), a pesar de que al tiempo de su reconocimiento no se había producido la desafectación expresa de los terrenos.

Una disputa legal que pone en duda el mayor proyecto urbanístico de la historia reciente en Madrid. Madrid Nuevo Norte prevé la construcción de un centro de negocios, 10.500 nuevas viviendas, tres nuevas estaciones de Metro, una estación de Cercanías en Fuencarral y la modernización de la Estación de Chamartín. Permitirá además reconfigurar el Nudo Norte y Nudo de Fuencarral, y se van a renovar 13 kilómetros de redes del Canal de Isabel II y ampliar en otros 13 kilómetros el anillo verde ciclista. Para ello, hace un año se firmó la escritura oficial y se están completando los trámites administrativos para comenzar las obras.

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