Las bajas laborales por incapacidad baten récord: crecen un 12% y duran 43 días de media
La burocracia, el colapso sanitario, los efectos de la pandemia y el envejecimiento disparan las ausencias
Las bajas laborales por incapacidad temporal registraron en el primer trimestre del año un récord histórico. Así, las horas cotizadas que no se trabajaron debido a una enfermedad o un accidente aumentaron en casi 19,9 millones en solo un año. Esto supone un incremento de un 12% con respecto al primer trimestre de 2022. Hasta un 5,7% de las horas cotizadas no se trabajan por las bajas, 1,7 puntos porcentuales más que en 2019. Mientras, la duración de las incapacidades cada vez es más prolongada y alcanzó el pasado mayo los 43 días.
Hay muchas razones que explicarían este boom de bajas tras la pandemia, pero son clave el envejecimiento de las plantillas y los efectos, sobre todo psicológicos, a raíz de la covid. Otros de los motivos es la excesiva burocracia relacionada con los procesos de bajas y altas laborales por incapacidad y el colapso de los servicios de salud. Los exámenes médicos siguen demorándose más de lo que deberían, en parte por la falta de efectivos sanitarios.
Los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones analizados por THE OBJECTIVE muestran que las horas no trabajadas por incapacidad no han parado de crecer en los últimos cinco años y ya suponen un 63% más que en el primer trimestre de 2o19. El informe que elabora la Tesorería General de la Seguridad Social también deja patente que, en paralelo, las horas cotizadas apenas han aumentado un 13%.
Menos ocupados, más incapacidades
Si bien se suele relacionar el aumento de las incapacidades con el incremento de los ocupados y el auge económico, en los tres últimos trimestres se ha producido una caída del número de trabajadores y se han disparado las bajas. Las bajas sí suelen caer en periodos de crisis debido al desplome del empleo y al miedo a perder el trabajo. En cuanto a las horas no trabajadas por ERTE, estas superaron los 57,4 millones, pero son una tercera parte de las que se registraron en pandemia.
Mientras, la base de datos de incapacidad temporal, una estadística que se actualiza mensualmente, muestra que los procesos de baja iniciados en mayo se situaron en 829.000 mensuales. Por su parte, la media de días de baja alcanzó los 43, una cifra récord y que supone cuatro días más que los que se registraron de media en 2023. Otro de los datos que refuerza el preocupante contexto es la prevalencia por cada mil trabajadores protegidos. Esta llegó a 52,9 empleados el pasado mayo.
El coste de las bajas
En paralelo, el coste de las bajas, que asume principalmente la Seguridad Social, no ha parado de crecer. Un reciente informe de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT) destaca que en 2023 este coste aumentó un 15%, hasta alcanzar los 25.000 millones de euros. El absentismo laboral provocado por incapacidad por contingencias comunes provocó que 1,37 millones de españoles no acudieran a trabajar ni un solo día durante 2023.
Lugo, con un número muy elevado de asalariados a punto de jubilarse, ostenta una de las tasas de prevalencia por cada mil empleados más elevadas de España -67-. También en este ránking aparecen provincias netamente turísticas –Tenerife y Las Palmas– y las tres vascas. La ya alarmante situación no parará de agravarse. El envejecimiento de los trabajadores seguirá aumentando, vinculado en buena medida al retraso de la edad de jubilación.
Requisitos de contingencias comunes
Para cobrar una baja hay que estar dado de alta en la Seguridad Social. Si la baja es por contingencias comunes, es necesario haber cotizado al menos 180 días en los cinco años anteriores. Si la baja es por contingencias profesionales, no es necesario tener cotizaciones anteriores.
Durante los tres primeros días de la baja médica por enfermedad común o accidente no laboral el trabajador no percibe ningún importe. La empresa se hace cargo del pago entre los días 4 y 15 de la baja y asume el gasto. A partir del día 16, comienza el pago delegado. La empresa sigue ingresando el dinero al trabajador, pero se lo reembolsa la Seguridad Social. El empresario hace una labor de intermediación y el trabajador recibe la ayuda con la misma regularidad de la nómina.
Desde el 20 de febrero de 2020, no es posible despedir al trabajador por bajas médicas acumuladas. El Gobierno derogó en esta fecha el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, que era la norma que permitía el llamado despido objetivo por bajas justificadas.
El 1 de abril, entró en vigor una importante modificación que simplifica los trámites relacionados con las bajas por enfermedad. Así, desde esa fecha, el médico que expide el parte médico de baja, confirmación o alta entrega al trabajador una copia, pero ya no es necesario que el empleado lo traslade a la empresa. Esta se los puede descargar directamente del Fichero INSS Empresas.