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Telecomunicaciones

La CNMC actualiza la lista de operadores móviles y Aire Networks pasa a ser el quinto

Vodafone España integra la cuota de Finetwork tras la operación de concentración autorizada en noviembre de 2025

La CNMC actualiza la lista de operadores móviles y Aire Networks pasa a ser el quinto

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC), Cani Fernández | Jesús Hellín (Europa Press)

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha actualizado la lista de operadores principales del mercado nacional de telefonía móvil correspondiente a 2025, tras la adquisición de Wewi Mobile –matriz de la teleco alicantina Finetwork– por parte de Vodafone España, controlada por la firma británica Zegona, operación autorizada el 5 de noviembre del año pasado.

De acuerdo con la normativa vigente, cuando varias empresas pertenecen a un mismo grupo empresarial, la condición de operador principal recae en la entidad que ostenta la mayor cuota de mercado dentro de dicho grupo, según ha informado este jueves el organismo presidido por Cani Fernández, según recoge Europa Press.

En la lista publicada hace unos meses, Vodafone ocupaba la tercera posición y Wewi, la quinta. Ahora, una vez integrada la cuota de Wewi en Vodafone, la CNMC ha determinado que solo esta última debe figurar como operador principal, al ser la que concentra la mayor cuota de líneas del grupo.

Como consecuencia de esta integración, y según los datos correspondientes al ejercicio 2024, Aire Networks sustituye a Wewi en la lista y pasa a ocupar la quinta posición entre los operadores principales de telefonía móvil en España.

Nueva relación de operadores principales

Tras esta actualización, la lista de operadores principales queda integrada por Orange Espagne, Telefónica Móviles España, Vodafone España, Digi Spain Telecom y Aire Networks del Mediterráneo. La CNMC publica anualmente la lista de operadores principales de los mercados de telecomunicaciones -aquellos que ostentan las cinco mayores cuotas en los mercados de telefonía móvil y fija-, que deberán cumplir las obligaciones y limitaciones establecidas en el Real Decreto-ley 6/2000.

Entre otras disposiciones, este real decreto establece que las personas físicas o jurídicas que participen, directa o indirectamente, en el capital o los derechos de voto de dos o más operadores principales de un mismo mercado, con más del 3% del total, deberán comunicar a la CNMC, en el plazo de un mes, el operador respecto del cual pretendan ejercer los derechos de voto o designar miembros del órgano de administración sin restricción alguna.

Por otra parte, no podrán ejercer los derechos de voto correspondientes al exceso sobre dicho porcentaje en los demás operadores en los que participen, ni designar, directa o indirectamente, miembros en los órganos de administración de más de un operador principal dentro del mismo mercado, salvo que lo soliciten a la CNMC y obtengan su autorización expresa.

Con todo, Competencia ha indicado que estas medidas buscan evitar decisiones que puedan generar efectos anticompetitivos en el mercado.

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