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El Colegio de Periodistas de Andalucía recurre la convocatoria para nombrar dircom de Adif

Entre los requisitos estaba el tener un C2 en alguna de las lenguas cooficiales del Estado

El Colegio de Periodistas de Andalucía recurre la convocatoria para nombrar dircom de Adif

Logo de Adif. | Alberto Brevers (Europa Press)

El Colegio Profesional de Periodistas de Andalucía (CPPA) ha recurrido la convocatoria para un puesto de Director/a de Comunicación y Reputación Corporativa en la entidad pública Adif. Esta se llevaba a cabo mediante un procedimiento de libre designación en Madrid.

El elegido para ocupar este cargo, como ya ha publicado THE OBJECTIVE, es Salvador Almenar. Este fue alto cargo del Gobierno valenciano durante la época de Ximo Puig (PSOE); en concreto, ocupó los puestos de director general de Interior (2022-2023) y el de jefe de gabinete de la Consejería de Justicia, Interior y Administración Pública (2020-2022).

https://twitter.com/PeriodistasAND/status/1845771632712864110

Almenar consiguió la puntuación más alta en el concurso público, entre cuyos requisitos estaba el tener un nivel C2 en alguna de las lenguas cooficiales del Estado. Este es un requerimiento poco común y es el origen del recurso presentado por el CPPA, ya que considera que la convocatoria «no se ajusta a derecho y es lesiva a los intereses de los miembros colegiados por vulnerar los arts. 70 y 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público».

Otros de los requisitos eran una experiencia laboral mínima de cuatro años en el sector público y «una trayectoria y experiencia mínima de cinco años en puestos de responsabilidad en funciones relacionadas con el ámbito de la comunicación», así como «haber ocupado puestos directivos en el ámbito de la Administración pública, asumiendo funciones en el ámbito de la comunicación y especialmente como Director de Comunicación» y «tener experiencia mínima de un año como responsable de gabinete en el ámbito de la Administración pública».

El Colegio de Periodistas andaluz resalta que la obligatoriedad del título de C2 en una lengua cooficial, cuando el puesto tiene base en la Comunidad de Madrid y cuyo ámbito de acción es nacional, no cuenta con base jurídica. Además, añaden que este requisito supone «un trato discriminatorio para los candidatos pertenecientes a comunidades autónomas que no poseen lenguas cooficiales, como es, en este caso, la andaluza».

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Hacen referencia, además, a la Ley para la Reforma de la Función Pública de 19984. En su artículo 19 recoge que «las Administraciones públicas, en el respectivo ámbito de sus competencias, deberán prever la selección de funcionarios debidamente capacitados para cubrir los puestos de trabajo en las comunidades autónomas que gocen de dos lenguas oficiales». Es decir, que sólo deberían exigir la lengua cooficial en el ámbito concreto de la comunidad en la que se hable la misma.

Por último, señalan que la selección de los empleados públicos debe hacerse «en virtud de criterios objetivos, pues todos los ciudadanos son iguales ante la Ley y ante su aplicación, de manera que la Administración no puede establecer preferencias discriminatorias o fundadas en razones subjetivas de unos sobre otros, y además, dichos criterios objetivos han de basarse en criterios de mérito y capacidad, puesto que la Administración está obligada a gestionar los intereses públicos con eficacia».

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