El colegio de arquitectos de Madrid rechaza investigar a Monasterio
El COAM alega que solo tiene competencias para investigar a sus colegiados y ella no lo era en el momento de las supuestas irregularidades
La Comisión de Deontología del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) ha archivado la petición de Más Madrid de investigar las presuntas irregularidades que pudo cometer la portavoz de Vox[contexto id=»381728″] en la Asamblea de Madrid Rocío Monasterio, alegando que solo tiene competencias para investigar a sus colegiados y ella no lo era en ese momento.
El concejal de Más Madrid José Manuel Calvo había presentado una petición para que el COAM abriera diligencias e investigase las presuntas irregularidades que Monasterio hubiera podido cometer entre 2000 y 2007, cuando, según ha publicado en las últimas semanas el diario El País, la hoy diputada autonómica firmó planos de proyectos de arquitectura sin disponer de la titulación académica necesaria.
La Comisión Deontológica, que funciona como un organismo autónomo del COAM, ha respondido a la petición de Calvo archivándola, ya que son actuaciones «que no pueden ser objeto de expediente disciplinario» porque en aquel momento «no ostentaba la condición de arquitecto colegiado». Por lo tanto, «la competencia para su conocimiento queda extramuros de las competencias de esta Comisión», asegura en la respuesta, a la que ha tenido acceso Efe.
Se remite a la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales, que establece que su ámbito de competencia es «la actividad profesional de los colegiados», y a los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior, que «restringen la competencia disciplinaria a las infracciones de deberes profesionales o normas éticas de conducta en cuanto afecten a los arquitectos colegiados». Quedan fuera de sus competencias, insiste, los hechos que atañen a Rocío Monasterio, «por lo que no cabe realizar pronunciamiento alguno al respecto».
Precisamente hoy mismo el COAM y el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) han recordado en un comunicado que es «indispensable» que un arquitecto esté colegiado para redactar y firmar proyectos, y en aquellos casos que impliquen visado debe verificarse la titulación del profesional que lo firma. En defensa de la profesionalidad de los colegiados, explican que para ejercer como arquitecto es necesario tener el correspondiente título oficial de grado y máster «tras completar satisfactoriamente los estudios correspondientes», que «incluyen una prueba final de conjunto o proyecto fin de carrera».
Por otro lado, CSCAE y COAM recalcan que en España «deben visarse todos los proyectos de ejecución de edificación, tanto para obra nueva como para intervenciones que supongan modificación de la estructura o cambios de uso, y también se exige el visado para la certificación final de obra». El visado debe hacerlo un Colegio de Arquitectos, que realiza «un doble control», por un lado sobre la verificación de la titulación y la habilitación profesional del técnico firmante, y por otro lado sobre la corrección e integridad formal del documento.
«Las administraciones locales, en los trámites de concesión de licencias o autorización de obras, deberían utilizar los instrumentos de control anteriormente expuestos para garantizar los intereses de los usuarios y consumidores finales», afirman. Si no se exige este visado del proyecto técnico en algunos de los procedimientos de tramitación administrativa, como los basados solo en declaraciones responsables, «entonces no se certifica ni la titulación ni la colegiación de los técnicos firmantes por parte de sus colegios profesionales», y en esos casos «se reducen peligrosamente las garantías para los usuarios y para la sociedad en general».