El Gobierno presenta la ley Celaá y la del 'sí es sí'
La nueva ley de libertad sexual eleva a delito al acoso callejero, y conllevará penas de localización permanente, trabajos comunitarios o multas
El Consejo de Ministros ha dado el primer paso para tramitar la ley de educación y la ley de libertad sexual. «Educación e igualdad son dos ejes fundamentales en el Gobierno y queremos impulsarlo para tratar de tener una sociedad más justa, equitativa e integradora», ha afirmado la Ministra de Hacienda.
La ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá, ha afirmado este martes que el «destinatario universal» de la reforma educativa es el alumnado, sobre el que no habrá «segregación» ni en el acceso ni a la salida del sistema educativo, y ha destacado que no se puede segregar a ningún niño por «razones socieconómicas».
En el proyecto de Ley Orgánica de modificación de la LOE (Lomloe) -conocido también como «ley Celaá»- con el mismo texto al que dio luz verde el pasado 15 de febrero, cuando no pudo pasar a su debate parlamentario tras la convocatoria de elecciones generales.
La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha subrayado, por su parte, que el Ejecutivo defiende «una educación de calidad» para garantizar «la equidad y la inclusión», que «nadie se quede atrás» y «vuelva a funcionar» la educación como «ascensor social». Montero ha criticado «el veto a la educación integral de niños y niñas» que se defiende desde algunos partidos ya que cree que «no vale la ambigüedad calculada en el discurso político».
La nueva ley de libertad sexual
La ley de libertad sexual busca modificar el Código Penal para introducir «un sistema de penas diferente» para los delitos sexuales, basado en el consentimiento, con penas de hasta 15 años para los casos más graves de violación y la introducción del delito de acoso ocasional sexista leve, conocido como «callejero».
Entre las novedades más destacadas de la ley, más allá del consentimiento y de la desaparición de abuso, está la inclusión en el Código Penal del delito de «acoso ocasional», que considerará como un delito leve aquellas «expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas» que pongan a la víctima en una situación «objetivamente humillante, hostil o intimidatoria».
Se castigará así el conocido como acoso «callejero», situaciones que no tienen por qué darse en vía pública: pueden ocurrir en bares, fiestas privadas, conciertos, establecimientos… El delito de acoso ocasional no reiterado conllevará penas de localización permanente, trabajos comunitarios o multas para los agresores.
El Ministerio de Igualdad ha explicado que hasta ahora solo estaban penadas estas situaciones en el ámbito de la violencia doméstica, esto es, entre familiares, pareja o expareja. También hay cambios en las penas de las violaciones: la penetración sin consentimiento se castigará con penas de 4 a 10 años (antes, de 4 a 12). La violación con una agravante podrá ser penada con entre 7 y 12 años y si se le suman dos, con entre 9 y 15 años, han informado fuentes de Igualdad.
La nueva ley, que también cambiará el Código Penal militar, modificará además la Ley de Extranjería para que las víctimas de violencia sexual no puedan ser deportadas mientras se resuelve su caso, al igual que ocurre con la violencia de género.