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Sociedad

El grupo Roca deberá pagar 556.000 euros a la viuda de un obrero afectado por amianto

El juez sostiene que Roca «no ha hecho nada» para evitar el riesgo por amianto que existía en la empresa de Gavà, Barcelona

El grupo Roca deberá pagar 556.000 euros a la viuda de un obrero afectado por amianto

El Juzgado de lo Social número 25 de Barcelona ha condenado a la empresa de sanitarios Roca a indemnizar con 556.206 euros a la viuda de un trabajador de la fábrica de la compañía en Gavà (Barcelona) que falleció en 2017 a raíz de una enfermedad causada por la inhalación de fibras de amianto.

El magistrado considera que ha quedado «perfectamente acreditada» la responsabilidad de Roca en la «enfermedad profesional» del antiguo operario, que trabajó en la planta barcelonesa de la multinacional entre 1970 y 1989, según una sentencia a la que ha tenido acceso la agencia Efe.

El afectado tenía reconocida desde 1995 una incapacidad permanente absoluta por padecer silicosis pulmonar con severa insuficiencia ventilatoria, diagnóstico que se amplió después de que se detectara en 2017 que sufría un mesotelioma pleural, una patología adquirida por la exposición continua al amianto.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social revisó entonces su grado de discapacidad y le reconoció la situación de «gran invalidez derivada de una enfermedad profesional», que fue la causa de su fallecimiento ese mismo año.

El juez sostiene en su escrito que el informe de una inspección de trabajo realizada en la fábrica es «claro y contundente» y señala que Roca «no ha hecho nada para evitar el riesgo por amianto que existía en la empresa de Gavà» ni tampoco «se ha observado ninguna medida preventiva para la protección de los trabajadores». Recuerda, además, que la víctima no tenía factores de riesgo graves para contraer la enfermedad y tampoco era fumador.

En cambio, recalca que sí existen «múltiples sentencias» que «nadie niega» y que afirman que «en Roca había polvo de amianto que afectaba a trabajadores» y que la compañía no hizo lo preciso para evitarlo.

Por su parte, la empresa había alegado que la fábrica estaba dividida en dos partes y que la exposición a amianto solo estaba en la grifería y no en los radiadores, por lo que el trabajador «nunca estuvo expuesto» al mineral, según sostenía.

El juez discrepa de la empresa e indica por el contrario que, «amén de las griferías, Roca era exportadora de amianto» e infiere que, en cualquier caso, los representantes de la multinacional tampoco hicieron constar análisis, planos o informes periciales químicos para probar lo opuesto.

Además, según el Colectivo Ronda, que defiende a la familia de la víctima en el caso, Roca empleó amianto en sus plantas hasta 2004, pese a que España prohibió en 2002 fabricar, producir y comercializar productos con este material.

Por todo ello, el magistrado impone a Roca una indemnización de 241.308 euros por perjuicios personales; 99.344 euros por daños morales complementarios por perjuicios psicofísicos; 155.225 euros por perjuicios morales por la pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas y 60.327 euros por perjuicios excepcionales. Una suma asciende en total a 556.206 euros y la compañía todavía puede interponer recurso. 

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