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El juez propone juzgar a Ana Duato, Imanol Arias y otras 29 personas por defraudar a Hacienda

A los dos actores se les procesa por delitos contra la Hacienda Pública y, en el caso de Duato, también por falsedad documental

El juez propone juzgar a Ana Duato, Imanol Arias y otras 29 personas por defraudar a Hacienda

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha propuesto juzgar a 31 personas, entres las que se encuentran los actores Imanol Arias y Ana Duato, por defraudar a Hacienda a través de sociedades instrumentales creadas por el despacho Nummaria.

En el auto judicial, el juez acuerda el procesamiento de 31 personas físicas y otras seis jurídicas por delitos contra la Hacienda Pública, insolvencia punible o frustración de la ejecución, estafa procesal, falsedad documental y organización criminal.

En el caso de Imanol Arias y Ana Duato, protagonistas de la serie Cuéntame cómo pasó, de RTVE, se les procesa por delitos contra la Hacienda Pública y, en el caso de Duato, también por falsedad documental.

Según el juez, el despacho Nummaria “facilitó estructuras jurídico-económicas diseñadas, implementadas y gestionadas por el despacho con la única finalidad de asegurar la opacidad de las operaciones económicas de sus clientes» como Arias y Duato, que «eran conscientes de que esas estructuras iban a ser utilizadas para realizar actividades delictivas».

El juez explica en el auto que Fernando Peña, el máximo responsable del despacho Nummaria y principal investigado, creó una estructura de sociedades para “asegurar la opacidad de las operaciones económicas de sus clientes, bien frente a la Hacienda Pública, bien frente a otras terceras personas físicas y jurídicas que ostentan algún derecho de crédito contra aquellos”.

Para controlar el sistema, Peña contó con su hijo Pedro Ángel Peña Bello y con los jefes de departamento José Luis Álvarez García, Pedro Mena Regodón y Francisco Javier Gómez Gutiérrez, quienes “actúan coordinadamente bajo la jefatura de Fernando Peña y con reparto entre ellos de funciones, manteniendo su lícita actividad de forma permanente al menos desde el año 2005”, según el auto judicial.

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