THE OBJECTIVE
Maria Munoz

Cuando heredar no es un chollo

Además de la tristeza que supone la pérdida de un ser querido, nuestro bolsillo podría sufrir un revés de importante calado si como herederos aceptamos el legado sin conocer el caudal del mismo.

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Cuando heredar no es un chollo

Además de la tristeza que supone la pérdida de un ser querido, nuestro bolsillo podría sufrir un revés de importante calado si como herederos aceptamos el legado sin conocer el caudal del mismo.

“En este mundo ninguna cosa es cierta salvo la muerte y los impuestos”. Benjamin Franklin

Si juntamos fallecimientos e impuestos en España podemos asegurar que el dolor del que se queda en este mundo es doble. Además de la tristeza que supone la pérdida de un ser querido, nuestro bolsillo podría sufrir un revés de importante calado si como herederos aceptamos el legado sin conocer el caudal del mismo y dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos.

El Consejo General del Notariado acaba de hacer públicos unos datos suficientemente reveladores sobre este punto. Las renuncias de herencias en España a favor del Estado se han incrementado un 110% desde el año 2007 y un 21% en el año 2013 con respecto al año anterior.

Y es que les recuerdo que, según nuestro Código Civil, cuando un ciudadano acepta una herencia está aceptando de pleno tanto el activo como el pasivo del causante. Es decir, el heredero tendrá que hacerse cargo tanto de los bienes (inmuebles, activos financieros, dinero,…) como de las deudas que el difunto pudo haber contraído en vida. Por eso, si se presume que las deudas pueden ser superiores a los bienes resulta casi obligatorio conocer el caudal de la herencia ya que el heredero tendrá que responder con sus propios bienes. Y, dada la situación de crisis económica en la que vivimos, encontrarse con una herencia envenenada puede convertirse en un mal irreversible. Solución: aceptar la herencia a beneficio de inventario o rechazarla.

Pero además, el derecho a heredar lleva aparejada una carga fiscal que varía según la Comunidad Autónoma donde resida el heredero. Así, en nuestro país nos encontramos desde casi la total exención del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en el caso de Madrid hasta el máximo tipo de gravamen en Andalucía, Asturias y Murcia. Hasta tal punto llega el montante del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en algunas Comunidades que más de uno se ve obligado a pedir un crédito avalado por el propio bien heredado. Y tal y como está el horno del crédito, como para ir a pedir unos bollos al banco ¿verdad?.

Dicho esto y hasta que no se elimine el impuesto de marras sólo cabe esperar que nuestros seres queridos dejen este mundo en paz consigo mismos y, en especial, con sus posibles deudores.

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