THE OBJECTIVE
Gregorio Luri

La fuerza y el derecho

Tres meses después, en los primeros días de octubre, se produjo en El Ferrol una sublevación republicana. Las fuerzas del arsenal se apoderaron de varias embarcaciones y animaban al resto del país a unirse a la revuelta.

Opinión
Comentarios
La fuerza y el derecho

El Partido Republicano Federal fue creado con comprensibles premuras inmediatamente después de la Revolución de septiembre de 1868, al mismo tiempo que cruzaba la frontera del exilio Isabel II, aquella “soberana” a la que el gran Aparici y Guijarro bautizó como “reina de los tristes destinos”. El día 15 de julio de 1872 tenía prevista una Asamblea decisiva, pero en aquellos tiempos turbulentos -nunca hubo sociedad más líquida que aquella- cualquier cosa era posible. Lo único increíble era la realidad.

Tras ir mendigando un rey por las cortes europeas, Prim se decidió por el galantuomo y honesto Amadeo I de Saboya, a quien la corona de este país turbulento siempre le vino muy grande, así que en el Partido Republicano Federal ya se vislumbraba un cambio de régimen. Algunos lo vislumbraban con tanta impaciencia, que propugnaban “la más absoluta intransigencia”, es decir, la insurrección generalizada para derribar inmediata y definitivamente la monarquía y proclamar la República Federal. Eran los mismos que defendían la total independencia del partido con respecto a toda jefatura.

La Asamblea no pudo celebrarse por falta de quorum, pero unos días después, Pi i Margall, que dirigía el Partido, dirigió un manifiesto a la militancia en el que pedía contención y cordura, porque “la libertad de escribir, la de reunión y la de asociación son completas, y sólo cuando estas libertades faltaren podríamos acudir, con razón, al campo de batalla. Hay horas de pelear con el hierro y con la palabra: hoy estamos en este último caso”.

Tres meses después, en los primeros días de octubre, se produjo en El Ferrol una sublevación republicana. Las fuerzas del arsenal se apoderaron de varias embarcaciones y animaban al resto del país a unirse a la revuelta.

Existía la mayor expectación en el Parlamento por saber qué diría Pi i Margall. No la defraudó. Desde la tribuna declaró, como jefe de la minoría republicana, que “no había tenido noticia alguna de que se preparase ningún movimiento revolucionario republicano-federal, pues de haberla tenido, hubiera tratado de impedirlo”. Añadió de manera contundente que “desde el momento mismo en que la libertad de opinar no está coartada ni restringida por ninguna medida gubernamental, no se puede aprobar el movimiento y declara que la insurrección deja de ser derecho para convertirse en delito

Desde El Tribunal del Pueblo, que representaba el ala más radical de su partido, le respondieron que “cuando el fúsil habla, debe callar la pluma”.

Uno de los biógrafos de Pi i Margall, Francisco Caravaca, comentando esta actitud de su biografiado, sostiene que, con su posición, Pi i Margall -que, por cierto, siempre defendió que el federalismo debía construirse de arriba abajo- estaba articulando una teoría sumamente avanzada para su tiempo: “preconizaba la doctrina de que únicamente cuando el derecho no existe, o es defectuoso, cabe recurrir a la fuerza. Pero no hay que olvidar la frase, profunda, de Rousseau: el más fuerte nunca lo es bastante si no convierte su fortaleza en derecho”.

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D