El sí de las niñas
«Lo que deja entrever el texto del proyecto de ley es una concepción absolutamente puritana del sexo, una idea alejada de lo que debería ser la visión de las relaciones sexuales en el siglo XXI»
Una de las grandes batallas propagandísticas del ministerio de Igualdad, liderado por Irene Montero, era la Ley de Libertad Sexual, conocida como ley del solo sí es sí, por deseo expreso de Montero: «porque pone el consentimiento en el centro». Se anunciaba una reforma del Código Penal para proteger a las mujeres de las agresiones sexuales. Para algunos juristas y expertos la reforma podía ser necesaria para corregir algunas lagunas, y quizá matizar los tipos de intimidación como agravantes sexuales en las agresiones. Quiero decir que tal vez fuera necesaria una reforma del código penal que actualizara delitos y penas, según dicen algunos especialistas, pero la puesta en el centro del consentimiento hace pensar que en España las relaciones sin consentimiento están permitidas y no penadas, cosa que no es cierta: el debate, en todo caso, se planteó para que tanto los abusos como las agresiones incluyeran la palabra violación en la descripción del delito. Las relaciones no consentidas, es decir, lo que entendemos coloquialmente como violaciones, ya están penadas en España.
Además del populismo punitivo, el fondo del texto desvela la infantilización de las mujeres. Como han escrito y firmado Clara Serra, Laura Macaya, Cristina Garaizabal, Carolina del Olmo, Rosa Montero, entre otras, «La definición de consentimiento recogida en el anteproyecto de ley, que establece que todo acto sexual en el que no se manifieste la voluntad expresa de participar en el mismo puede ser considerado delito, nos parece que refuerza la imagen patriarcal tradicional de la vulnerabilidad y la fragilidad femeninas. Esta manera de entender el consentimiento promueve una visión sacralizada e infantilizada de la sexualidad de las mujeres al impedirles elaborar, por sí mismas y al margen del proteccionismo estatal, estrategias para establecer límites sexuales ante conductas intrusivas de baja entidad».
Lo que deja entrever el texto del proyecto de ley es una concepción absolutamente puritana del sexo, una idea alejada de lo que debería ser la visión de las relaciones sexuales en el siglo XXI, que no fuera tan cliché del destape y que no devolviera una imagen del deseo femenino como algo inexistente, como si las mujeres solo cediéramos a tener relaciones cuando los planetas se alinean y bajo promesa de matrimonio. Hay esa visión que ahonda en los estereotipos de género de que los hombres siempre quieren sexo y el consentimiento lo tiene que dar siempre la mujer. Por cierto, la defensa de la ley que hacía el sábado la escritora Nuria Labari era un tanto confusa, usaba ejemplos de otros ordenamientos jurídicos y de otras épocas para justificar la reforma propuesta por el ministerio, pero todas las situaciones de las que hablaba en su artículo son delito en España.
De lo que va una violación, u otro tipo de agresión, que en esto también hay una gradación, no es de tomar malas decisiones. De lo que debería ir cualquier reforma del código penal es de la protección jurídica y de ofrecer garantías.