THE OBJECTIVE
Guadalupe Sánchez

'Solo sí es sí': 338 razones para dimitir

«La ley estrella del Gobierno más feminista de la historia es una inmensa estafa a la sociedad española, a las mujeres, al movimiento feminista y a las víctimas»

Opinión
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‘Solo sí es sí’: 338 razones para dimitir

Irene Montero.

La ley del solo sí es sí se cimentó sobre eslóganes mentirosos. Las consecuencias de trasladar las consignas de un puñado de activistas al Código Penal están siendo nefastas. Más de 300 agresores sexuales se han beneficiado de las rebajas de condena como consecuencia de la aplicación de la ley. Algo que era totalmente previsible y sobre lo que fueron debidamente advertidos.

Pero de la misma forma en la que impusieron un relato falaz para justificar la reforma de los delitos sexuales en el Código Penal, ahora se afanan en construir otro para derivar responsabilidades: mientras que desde Podemos insisten en culpar al poder judicial por aplicarla mal y lamentan que nadie les avisara sobre sus efectos, desde el PSOE asumen que habrá que retocarla, pero «manteniendo el consentimiento como elemento nuclear».

Hay quienes ven en los socialistas cierto propósito de enmienda, pero lo cierto es que lo único que subyace es tacticismo electoralista: como dijo Ayuso, no van a cambiar la ley del solo sí es sí por nosotras, sino por Tezanos. Para el PSOE la ley constituye un lastre insoportable con repercusiones tanto nacionales como internacionales

Efectivamente, los titulares en periódicos como el Financial Times o el Telegraph vinculando la imagen de Sánchez con la liberación de violadores son más de lo que nuestro narciso presidencial puede soportar. Él, obsesionado con pasar a la historia como aquel que reivindicó el vínculo luminoso de la II República, será recordado como el presidente que puso a agresores sexuales en la calle. Así que la nueva consigna socialista es que el estigma de la aprobación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual recaiga exclusivamente en Podemos.

«El sexo no consentido, aun sin mediar violencia o intimidación, ya era delito tanto en el Código Penal de 1995 como en el de 1973»

Desde la formación morada intentan zafarse recurriendo a los mantras acostumbrados. Les confieso que, cuando escucho o leo a la izquierda política, mediática y académica recurrir a ellos, me invade la sensación de que, o habitamos en planos de realidad distintos, o nos están tomando el pelo. Porque para refutar sus pobres argumentos basta la mera comprobación y lectura de los textos que citan, así como la reproducción de su propia hemeroteca.

Primero: no es cierto que la ley del solo sí es sí sea la primera que ha puesto el consentimiento de las mujeres «en el centro». El sexo no consentido, aun sin mediar violencia o intimidación, ya era delito antes, tanto en el Código Penal de 1995 como en el de 1973. Prueba de ello es la anterior redacción del art. 181: «El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses».

Por supuesto, tanto antes como ahora, el consentimiento es una cuestión de prueba que recae sobre la acusación, pues lo contrario atentaría contra la presunción de inocencia consagrada en el art. 24 de la Constitución y en el art. 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (entre otros muchos tratados ratificados por España). Cierto es que en el Anteproyecto de esta ley sobre garantía de la libertad sexual se intentó subvertir la carga de la prueba mediante la exigencia del consentimiento explícito, si bien se descartó tras un demoledor informe del CGPJ que advertía de su inconstitucionalidad. Sobre esto hablaré más adelante.

Segundo: es falso que el Convenio de Estambul nos conminase a unificar los delitos de abuso y agresión para que cualquier delito contra la libertad sexual se identifique como agresión. La distinción obedece a que, mientras que la agresión penaba el sexo no consentido cuando concurre violencia o intimidación, en el abuso se castigaba el acto en ausencia de consentimiento sexual sin necesidad de mediar intimidación o violencia. Esta distinción se ajustaba perfectamente al Convenio, que sólo obliga a que se tipifiquen como delitos determinadas conductas, sin imponer nomenclaturas ni penas. Si quieren comprobarlo, consulten el art. 36 del Convenio, relativo a la violencia sexual.

Tercero: faltan a la verdad cuando sostienen que nadie advirtió al Ministerio de Igualdad sobre la posibilidad de rebajas de condenas a los agresores sexuales. Les avisó el Consejo General del Poder Judicial en el informe que emitieron durante la tramitación parlamentaria de la ley. También los previno la oposición, a la que la ministra Irene Montero despachó afirmando, en una comisión de Justicia, que no se iba a producir ni una sola revisión de condena, que todo era propaganda machista. Y no fuimos pocos los juristas que informamos en prensa y redes sociales sobre esta posibilidad, siendo menospreciados por la secretaria de estado de Igualdad, que nos tildó de «abogados de violadores».

Cuarto: también es mentira que las rebajas de penas y puesta en libertad de agresores sexuales se deban a una incorrecta aplicación de la ley por parte de la justicia patriarcal. Es nuestro Código Penal, en su artículo 2.2, el que obliga a aplicar retroactivamente al reo la pena más favorable. Si el legislador reforma la ley penal y estipula una condena menor para un mismo delito, de la reducción punitiva se podrán beneficiar también quienes ya habían sido condenados por esa misma conducta.

«Sánchez presumió de que la ley era una gran conquista del movimiento feminista, una ley de vanguardia que inspiraría a otras naciones»

Quinto: tampoco es cierto que la finalidad de la ley del solo sí es sí fuese corregir los excesos punitivistas de la anterior regulación. Este es un debate tramposo en el que intenta embarcarnos un sector de la academia cooptado por la izquierda. Al margen de lo que uno pueda pensar sobre esta cuestión, lo cierto es que Pedro Sánchez avaló la reforma asegurando que, gracias a ella, «se identificaba cualquier tipo de delito sexual como una agresión sexual para que hubiese condenas más agravadas». Es más, presumió de que la ley era una gran conquista del movimiento feminista, una ley de vanguardia que inspiraría a otras naciones. Las propias palabras de la ministra Montero en la comisión de Igualdad que he mencionado antes ratifican estas afirmaciones.

En fin, que la que estaba llamada a ser la ley estrella del Gobierno más feminista de la historia de la democracia se ha acabado estrellando contra la realidad. Es una inmensa estafa a la sociedad española, a las mujeres, al movimiento feminista y a las víctimas. El daño es, además, irreparable porque, aunque se modifique la ley para volver a elevar las penas, esta sólo será aplicable a los delitos que se cometan a partir de su entrada en vigor: lo hecho, hecho está. 

Lo más denigrante de todo esto es que los motivos que les han llevado a reconocer la chapuza y plantear su subsanación son sólo dos: los votos y su imagen pública. Ni siquiera podemos encontrar alivio en el pensamiento de que cargarán de por vida con el peso de su conciencia, porque dudo que la tengan. Cada agresor sexual beneficiado por la ley del solo sí es sí testimonia una razón para que dimitan todos los que participaron de la aprobación de esa infamia normativa: ya son 338.

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