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'Solo sí es sí': 338 razones para dimitir

«La ley estrella del Gobierno más feminista de la historia es una inmensa estafa a la sociedad española, a las mujeres, al movimiento feminista y a las víctimas»

Opinión

Irene Montero.

  • Soy licenciada en Derecho, abogada en ejercicio y gerente del bufete NOVALEX SPAIN. Autora del libro ‘Populismo punitivo’ (2020 Ed. Deusto)
    Antes, columnista en Disidentia y Vozpópuli y colaboro en la tertulia del programa Herrera en Cope. Mis críticos me acusan de ser una extremista de la presunción de inocencia, algo de lo que yo me congratulo.

La ley del solo sí es sí se cimentó sobre eslóganes mentirosos. Las consecuencias de trasladar las consignas de un puñado de activistas al Código Penal están siendo nefastas. Más de 300 agresores sexuales se han beneficiado de las rebajas de condena como consecuencia de la aplicación de la ley. Algo que era totalmente previsible y sobre lo que fueron debidamente advertidos.

Pero de la misma forma en la que impusieron un relato falaz para justificar la reforma de los delitos sexuales en el Código Penal, ahora se afanan en construir otro para derivar responsabilidades: mientras que desde Podemos insisten en culpar al poder judicial por aplicarla mal y lamentan que nadie les avisara sobre sus efectos, desde el PSOE asumen que habrá que retocarla, pero «manteniendo el consentimiento como elemento nuclear».

Hay quienes ven en los socialistas cierto propósito de enmienda, pero lo cierto es que lo único que subyace es tacticismo electoralista: como dijo Ayuso, no van a cambiar la ley del solo sí es sí por nosotras, sino por Tezanos. Para el PSOE la ley constituye un lastre insoportable con repercusiones tanto nacionales como internacionales

Efectivamente, los titulares en periódicos como el Financial Times o el Telegraph vinculando la imagen de Sánchez con la liberación de violadores son más de lo que nuestro narciso presidencial puede soportar. Él, obsesionado con pasar a la historia como aquel que reivindicó el vínculo luminoso de la II República, será recordado como el presidente que puso a agresores sexuales en la calle. Así que la nueva consigna socialista es que el estigma de la aprobación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual recaiga exclusivamente en Podemos.

«El sexo no consentido, aun sin mediar violencia o intimidación, ya era delito tanto en el Código Penal de 1995 como en el de 1973»

Desde la formación morada intentan zafarse recurriendo a los mantras acostumbrados. Les confieso que, cuando escucho o leo a la izquierda política, mediática y académica recurrir a ellos, me invade la sensación de que, o habitamos en planos de realidad distintos, o nos están tomando el pelo. Porque para refutar sus pobres argumentos basta la mera comprobación y lectura de los textos que citan, así como la reproducción de su propia hemeroteca.

Primero: no es cierto que la ley del solo sí es sí sea la primera que ha puesto el consentimiento de las mujeres «en el centro». El sexo no consentido, aun sin mediar violencia o intimidación, ya era delito antes, tanto en el Código Penal de 1995 como en el de 1973. Prueba de ello es la anterior redacción del art. 181: «El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses».

Por supuesto, tanto antes como ahora, el consentimiento es una cuestión de prueba que recae sobre la acusación, pues lo contrario atentaría contra la presunción de inocencia consagrada en el art. 24 de la Constitución y en el art. 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (entre otros muchos tratados ratificados por España). Cierto es que en el Anteproyecto de esta ley sobre garantía de la libertad sexual se intentó subvertir la carga de la prueba mediante la exigencia del consentimiento explícito, si bien se descartó tras un demoledor informe del CGPJ que advertía de su inconstitucionalidad. Sobre esto hablaré más adelante.

Segundo: es falso que el Convenio de Estambul nos conminase a unificar los delitos de abuso y agresión para que cualquier delito contra la libertad sexual se identifique como agresión. La distinción obedece a que, mientras que la agresión penaba el sexo no consentido cuando concurre violencia o intimidación, en el abuso se castigaba el acto en ausencia de consentimiento sexual sin necesidad de mediar intimidación o violencia. Esta distinción se ajustaba perfectamente al Convenio, que sólo obliga a que se tipifiquen como delitos determinadas conductas, sin imponer nomenclaturas ni penas. Si quieren comprobarlo, consulten el art. 36 del Convenio, relativo a la violencia sexual.

Tercero: faltan a la verdad cuando sostienen que nadie advirtió al Ministerio de Igualdad sobre la posibilidad de rebajas de condenas a los agresores sexuales. Les avisó el Consejo General del Poder Judicial en el informe que emitieron durante la tramitación parlamentaria de la ley. También los previno la oposición, a la que la ministra Irene Montero despachó afirmando, en una comisión de Justicia, que no se iba a producir ni una sola revisión de condena, que todo era propaganda machista. Y no fuimos pocos los juristas que informamos en prensa y redes sociales sobre esta posibilidad, siendo menospreciados por la secretaria de estado de Igualdad, que nos tildó de «abogados de violadores».

Cuarto: también es mentira que las rebajas de penas y puesta en libertad de agresores sexuales se deban a una incorrecta aplicación de la ley por parte de la justicia patriarcal. Es nuestro Código Penal, en su artículo 2.2, el que obliga a aplicar retroactivamente al reo la pena más favorable. Si el legislador reforma la ley penal y estipula una condena menor para un mismo delito, de la reducción punitiva se podrán beneficiar también quienes ya habían sido condenados por esa misma conducta.

«Sánchez presumió de que la ley era una gran conquista del movimiento feminista, una ley de vanguardia que inspiraría a otras naciones»

Quinto: tampoco es cierto que la finalidad de la ley del solo sí es sí fuese corregir los excesos punitivistas de la anterior regulación. Este es un debate tramposo en el que intenta embarcarnos un sector de la academia cooptado por la izquierda. Al margen de lo que uno pueda pensar sobre esta cuestión, lo cierto es que Pedro Sánchez avaló la reforma asegurando que, gracias a ella, «se identificaba cualquier tipo de delito sexual como una agresión sexual para que hubiese condenas más agravadas». Es más, presumió de que la ley era una gran conquista del movimiento feminista, una ley de vanguardia que inspiraría a otras naciones. Las propias palabras de la ministra Montero en la comisión de Igualdad que he mencionado antes ratifican estas afirmaciones.

En fin, que la que estaba llamada a ser la ley estrella del Gobierno más feminista de la historia de la democracia se ha acabado estrellando contra la realidad. Es una inmensa estafa a la sociedad española, a las mujeres, al movimiento feminista y a las víctimas. El daño es, además, irreparable porque, aunque se modifique la ley para volver a elevar las penas, esta sólo será aplicable a los delitos que se cometan a partir de su entrada en vigor: lo hecho, hecho está. 

Lo más denigrante de todo esto es que los motivos que les han llevado a reconocer la chapuza y plantear su subsanación son sólo dos: los votos y su imagen pública. Ni siquiera podemos encontrar alivio en el pensamiento de que cargarán de por vida con el peso de su conciencia, porque dudo que la tengan. Cada agresor sexual beneficiado por la ley del solo sí es sí testimonia una razón para que dimitan todos los que participaron de la aprobación de esa infamia normativa: ya son 338.

15 comentarios
  1. 23xtc

    Se ha valido de la credulidad de los hombres fáciles de engañar, escribiendo aquí haciéndose pasar por la Macarena o la Cayetana, heroínas de la verdad, desde hoy negar todo lo que ha escrito y dicho por una sola razón es abogada tiene ambiciones que son lo que a usted la importan, ya no se querellará con las Irenes que denigren el nombre de sus clientes hombres victimas de lo que usted afirmó de esta legalidad penal de género, solo su privado interés personal.

    Ya no nos dirá que su cliente es un hombre demandado por una mujer que esta arropada por cosas como Infancia Libre, la legalidad que a su cliente le quitaba la presunción de inocencia hasta el año pasado.

    Que casualidad que sus jefes son Nieto, De Carreras y Caño, este ayer lo de dejo claro, la presunción de inocencia para los hombres existe en España y esta amparada por la constitución, para usted desde ayer, y usted obedece.

  2. 23xtc

    en menos e dos años desde 08 de marzo de 2022 ha pasado desde hoy a quitarse la careta, no se si por indicaciones de sus jefes al fin y al cabo esta con Caño y Nieto. De ser la abogada de un hombre víctima de la ley que usted ha denunciado desde que escribía en V P y hablaba en 13 tv ha esto, y yo ya me lo vi venir.

    08 de marzo de 2022, YA LO HE COPIADO AQUI PERO ME QUEDO CON EL FINAL, SU FINAL QUE HOY HA DEJADO DE EXISTIR PARA USTED, «Colocarse tras una de las pancartas que se enarbolan el 8-M implica, nos guste o no, aceptar que se banalice y politice la violencia y permitir que se instrumentalice para socavar la división de poderes, la presunción de inocencia o la igualdad ante la ley. En definitiva, para poner en cuestión todo aquello que nos convierte en un Estado de derecho y nos separa de la tiranía. No en mi nombre.»

  3. 23xtc

    «el Anteproyecto de esta ley sobre garantía de la libertad sexual se intentó subvertir la carga de la prueba mediante la exigencia del consentimiento explícito»
    «Por supuesto, tanto antes como ahora, el consentimiento es una cuestión de prueba que recae sobre la acusación,»

    ESCRIBIÓ USTED EN ESTE MEDIO SOBRE Arcuri. No puedo repetir que dijo sobre la presunción de inocencia de las leyes de género en EL CASCABEL y 13 TV, pero lo intentaré no se preocupe, y en V P. Como cambia usted de posición desde que esta en y con Caño, este ha dicho lo mismo ayer en el programa de la A R, y Nieto.
    16 de noviembre de 2021: «cuando cambiamos Juan Rivas por Juana Rivas, Francisca Arcuri por Francisco Arcuri, la palabra padre por la palabra madre y la de heteropatriarcado por la de feminismo, todo se transforma en algo muy real.»
    11/12/2021 : » la presunción de inocencia, algo de lo que me congratulo en vista del nulo interés y respeto que les ha suscitado la del padre durante todo este largo proceso.»
    14 de diciembre de 2021:
    » se acomete una nueva atrocidad jurídica, un auténtico atentado al Estado de Derecho parapetado, como es habitual, tras un noble fin: la protección de las maltratadas. Es importante recordar antes de proseguir que, en los delitos de violencia de género, el autor es siempre un hombre y la condición de víctima recae legalmente en las mujeres, ya sean pareja, expareja o relación análoga. Así que las agresiones cometidas entre parejas del mismo sexo, o de una mujer a un varón, quedan excluidas de este tipo penal (artículo 153).»
    «desligar la condición de víctima de malos tratos del proceso penal para transformarla en una mera circunstancia administrativa. Efectivamente, la Administración podrá conferir la condición de maltratada a mujeres que todavía no hayan denunciado -bastará que lo estén considerando- o incluso a aquellas que, habiéndolo hecho, el asunto se haya archivado o la sentencia sea absolutoria. Es decir, que aunque el poder judicial considere que no se ha cometido un delito de violencia de género por parte del señor pareja o expareja de la denunciante, eso no será óbice para que la administración sí que le confiera el estatus de víctima.·
    «el ordenamiento jurídico prevé la razonable posibilidad de asistir a las maltratadas aún cuando no haya recaído sentencia firme. Pero lo que es inédito es que existan criminales sin crimen, que es lo que sucederá a partir de ahora cuando la administración reconozca como víctimas a las denunciantes tras una absolución o archivo definitivo.»
    «esta máxima jurídica, que no es más que la plasmación de la lógica aplastante, ya no tendrá por qué ser así gracias a nuestros infames legisladores, empeñados como nunca en conformar una alternativa al poder judicial que transforme en principios generales del derecho los eslóganes de la izquierda identitaria, tales como el «hermana, yo sí te creo» o «los varones son culpables hasta que demuestren lo contrario». Un acuerdo que transpone en nuestro ordenamiento los dogmas de un movimiento tan peligroso como el me too, en definitiva.»
    «No les quepa la menor duda de que lo que subyace tras este dislate es conseguir en los despachos lo que saben que no podrán obtener en los tribunales: subvertir la presunción de inocencia e invertir la carga de la prueba. Dará igual lo que sentencien los jueces respecto a la culpabilidad del acusado, pues el varón podrá seguir siendo culpable para la administración y, por ende, para la sociedad. »
    «los predicadores de la atalaya de lo políticamente correcto les tildarán de machista y de querer dejar desprotegidas a las víctimas. Pero ya les digo que no se amilanen, que llevan ustedes toda la razón. La asistencia y protección a las víctimas del maltrato nunca fue, ni es, incompatible con el respeto a los cimientos y principios básicos del Estado de Derecho.»
    «las prestaciones de servicios no deben hacerse depender de la voluntad de la víctima de emprender acciones legales o declarar contra el autor, pero no obliga a ninguno de los países miembros a considerar como tal a aquéllas cuyas denuncias fueron desestimadas en sede judicial. España y su gobierno progresista, siempre a la vanguardia de la demolición del Estado de Derecho en nombre de la identidad y de la perspectiva de género. »
    08 de marzo de 2022: «se ha ido gestando un derecho penal de autor que castiga con más pena el maltrato cometido por un varón que por una mujer»
    » si Carmen pega un bofetón a su novio Carlos, se enfrentará a una pena de tres meses de prisión o de uno a tres meses de multa. Pero si Carlos agarra a Carmen y la empuja para quitársela de encima, el castigo del que será merecedor será de seis meses a un año de prisión. El motivo de esta asimetría introducida en nuestro Código Penal por la Ley Integral de Violencia de Género se fundamenta en que, con arreglo a esta última, se considera que tras cualquier agresión a una mujer subyacen razones de género, como constató el Tribunal Supremo en su sentencia de 20 de diciembre de 2018. Es decir, que nos maltratan por el mero hecho de ser mujeres, ignorando otros motivos médicos o psicológicos que pudieran explicar la conducta. Años de consenso político, mediático y social en torno a esta auténtica aberración jurídica cuya denuncia debería constituir un imperativo moral pero que, lamentablemente, se soslaya para evitar ser etiquetado de machista o «negacionista de la violencia de género».»
    «hay que reconocer que durante esta legislatura se han dado pasos de gigante para profundizar y afianzar este derecho penal de autor mediante la reforma y aprobación de algunas leyes y normas que apuntalan la condición de víctima biológica de la mujer y de victimario biológico del hombre.»
    » el indulto a Juana Rivas tras su condena por un delito de sustracción de menores. Su comportamiento delictivo, que intentó justificar tras una batería de denuncias sin fundamento por maltrato dirigidas contra el padre de sus hijos, quedará impune. Es el pago nada desdeñable que recibe por servir de reclamo ideológico para el feminismo a costa de utilizar y exponer la intimidad de los niños. Un indulto que se nos antoja impensable si el autor del delito hubiera sido él.»
    «reformaron el artículo 94 del Código Civil para que la mera interposición de una denuncia por maltrato baste para suspender el régimen de visitas a los hijos menores del denunciado. Algo que antes era posible mediante resolución fundada del juez si este apreciaba motivos suficientes para hacerlo, pero que ahora se ha transformado en un automatismo. Cierto es que, para disimular, se trata de una modificación que afectará igual a cualquier progenitor, madre o padre, pero todos sabemos que se trata de fomentar, todavía más, las denuncias instrumentales que demasiadas mujeres deciden formular contra sus parejas o exparejas cuando se inicia un proceso de separación o de divorcio. Si hubiera esperado unos años, Juana Rivas se hubiera ahorrado su particular viacrucis judicial y mediático.»
    » la llamada ley de la infancia, un término infame como es el de violencia vicaria, con el que se pretende dar visibilidad estadística a aquellos crímenes que comenten los padres sobre sus hijos para, a través de ellos, generar un sufrimiento a la madre, a la que se instituye como víctima. Sin embargo, se prohíbe a los profesionales que puedan hacer referencia al síndrome de alienación parental, que engloba la violencia ejercida por la madre sobre sus hijos con el fin de hacer daño al padre. Estos últimos pasan al saco genérico de violencia infantil, en el que el padre no es reconocido como víctima. No les debe sorprender cuando en los medios utilicen la expresión «violencia vicaria» para referirse a un suceso terrible de un padre que ha matado a sus hijas, mientras que recurran a la de «suicidio ampliado» para describir el mismo asesinato, pero cometido por la madre. »
    » la inminente aprobación de la llamada «Ley del solo sí es sí», tras la que subyace la voluntad de subvertir la carga de la prueba en los delitos contra la libertad sexual, de forma que sea el acusado quien tenga la obligación de probar el consentimiento y, en consecuencia, su inocencia.»
    «el tristemente célebre acuerdo de Igualdad en cuya virtud se reconocerá la condición de víctima de violencia de género, a los efectos administrativos, no solo a aquellas que lo sean tras dictarse sentencia en un proceso judicial o hayan formulado una denuncia: también a las que estén considerando hacerlo, o habiéndolo hecho, su denuncia se haya sobreseído, archivado o hasta cuando haya recaído sentencia absolutoria. El inocente para la Justicia podrá ser considerado culpable por la administración y para ello ni tan siquiera será requisito recabar su versión de lo sucedido. Nos encontramos ante la trasposición a nuestro ordenamiento jurídico del movimiento ‘Me too’ y del ‘hermana yo sí te creo’, que persigue conseguir en los despachos aquello que no se pudo en los juzgados.»
    » solo un necio puede negar que, tras esta concepción de la violencia que sufren las mujeres, hay muchísima ideología y escasa ciencia. Han hecho de la erradicación de los malos tratos no un fin, sino un medio para movilizar cantidades ingentes de recursos públicos que no se destinan a las que de verdad han sufrido o sufren el maltrato, ni aquí ni más allá de nuestras fronteras.»
    «Colocarse tras una de las pancartas que se enarbolan el 8-M implica, nos guste o no, aceptar que se banalice y politice la violencia y permitir que se instrumentalice para socavar la división de poderes, la presunción de inocencia o la igualdad ante la ley. En definitiva, para poner en cuestión todo aquello que nos convierte en un Estado de derecho y nos separa de la tiranía. No en mi nombre.»

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