Vuelve el privilegio
«El privilegio avanza en la vida política y judicial española, siempre respondiendo a los golpes dados por la prioridad absoluta de los intereses de Pedro Sánchez»
En su discurso ante la Convención, proponiendo la pena de muerte para Luis XVI, el jacobino Saint-Just fue más allá del argumento habitual de los regicidas, evocando los crímenes cometidos por el monarca. Con anterioridad había elogiado incluso su voluntad de ser un rey justo, pero que por ser rey no podía practicar la justicia. En el mismo sentido, ahora precisamente por ser rey debe ser ajusticiado, porque es su naturaleza la que le opone al pueblo, situándole fuera de él y por encima de las leyes. No es posible reinar inocentemente, concluye.
Ese extrañamiento -separación y oposición- respecto del pueblo y el hecho de estar colocado además por encima de él, hace de la figura del monarca de Saint-Just el vértice del orden social fundado sobre el privilegio que la democracia revolucionaria había venido a sustituir. Nobleza y clero, los estamentos dominantes en la sociedad del Antiguo Régimen, tienen precisamente como clave de su poder al privilegio, esto es, un derecho privativo que les segrega del orden social a que pertenece el resto de los ciudadanos y les sitúa por encima de ellos, eludiendo en consecuencia el principio de igualdad ante la ley. Pero el juego pendular entre la democracia y la restauración de las jerarquías no se decidió para siempre, ni en 1789 ni en 1793. Tampoco, salvo excepciones como la de Pablo Iglesias, siguió sosteniéndose al modo jacobino que el avance de la democracia dependía del uso de la guillotina. Lo único claro es que el regreso del privilegio ha supuesto siempre una degradación de la democracia, un intento de vulnerar por uno u otro camino la exigencia de que la igualdad ante la ley sea respetada.
Tal orientación no podía faltar en la España de hoy, cuando un dirigente político como Pedro Sánchez aspira a perpetuarse en el Gobierno, concentrando en su persona una capacidad de decisión muy por encima de la concedida por la ley fundamental de 1978. El dominio absoluto ejercido sobre la masa de sus seguidores y dependientes segrega incluso una dosis creciente de culto a su personalidad, en el sentido clásico de la expresión, que encaja perfectamente con la pretensión de asumir una posición privilegiada, respecto del común de los ciudadanos y en las formas, como se ha visto reiteradamente, en relación al Rey. Pedro Sánchez es el protagonista indiscutible del sistema político y aspira en todo momento a ser reconocido y reverenciado como tal.
Lo acabamos de ver en los recientes conflictos, al afrontarlos marginando el principio de igualdad ante la ley, en nombre de la condición privilegiada que a su juicio, y al de sus seguidores, le corresponde de modo indiscutible. La reacción ante el caso Begoña Gómez ha sido una sorprendente ilustración de esa preeminencia autoasignada. Sin que falle uno solo, ministros, dirigentes socialistas, medios oficiales lacayunos, no se han limitado a una defensa de la esposa del presidente ante hechos cuestionables, sino que han cargado contra el juez, visto como instrumento de los adversarios políticos. Al mejor uso gansteril, se han lanzado a destruir su figura, Y se han convertido de antemano en tribunal cuyo veredicto va más allá de la absolución al proclamar que «no hay caso».
En resumen, a su juicio, solo desde la calumnia de intencionalidad política cabe suponer que delito alguno exista en el presidente y en su entorno. Son por principio inmaculados, del mismo modo que Begoña Gómez es poseedora de la omnisciencia sin particular titulación. En otras palabras, gozan del utilísimo privilegio de la inmunidad ante la justicia.
«Sánchez intentó esgrimir el privilegio para rehuir la molesta igualdad ante la ley, propia del ciudadano»
Los comentaristas sobre la carta de respuesta del presidente a la citación del juez Peinado han pasado por alto increíblemente hasta qué punto nos encontramos ante una exhibición del privilegio de que Pedro Sánchez se cree dotado. En su carta, no solo combina el reproche al haberse enterado por los medios de comunicación, con una reiterada displicencia y una gratuita exhibición de saber jurídico con que adoctrina al juez, sino que se queda tan satisfecho proclamando que «en razón de mi cometido como Presidente del Gobierno mi declaración se deberá practicar por escrito», y para ello cita el artículo 412.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La condición privilegiada se reitera de inmediato al subrayar que es presidente del Gobierno de modo inescindible.
Solo que el artículo 412 de la Lecrim no dice literalmente eso. Para empezar, sí prevé la declaración preceptiva por escrito, pero para la Familia Real (412,1). El segundo punto no está consagrado solo en singular para el presidente, sino para una relación de altos cargos, los cuales podrán obviar el llamamiento del juez e «informar por escrito de los hechos de que han tenido conocimiento por razón de su cargo». Pero cuando uno de ellos, inescindible o no, deba responder sobre las cuestiones «de que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo», toca la visita del juez, tal y como dispuso Peinado (412,3). Y parece obvio que en la posible conversación con el rector y Begoña se trató de cuestiones privadas, no de las relaciones con Marruecos. Luego, engañosamente como en tantas otras ocasiones, se intentó esgrimir el privilegio para rehuir la molesta igualdad ante la ley, propia del ciudadano.
La primacía del privilegio ha estado asimismo presente, como componente esencial, en la redacción de la ley de amnistía. Acaba de subrayarlo el Tribunal Supremo, en el auto elevado al Tribunal Constitucional, al mismo tiempo que en la política del día a día Pedro Sánchez otorga un trato preferencial a las comunidades gobernadas por partidos independentistas, pero de cuyo voto depende para sobrevivir en la Moncloa. Visitas de cortesía y negociación a Aragonès y Pradales, mientras huye de la convocatoria de una conferencia de presidentes como el gato del agua fría.
Pero es el auto del Tribunal Supremo, planteando la inconstitucionalidad de la ley de amnistía, el que de manera inequívoca subraya que el vicio de nacimiento de esa norma reside en la consagración del privilegio, insólitamente concedido a quienes practicaron un golpe de Estado, en razón de su ideología, de la dimensión finalista de su comportamiento en octubre de 2017. Ello implica una clara discriminación frente a aquellos que cometieron acciones similares, sometidas a responsabilidad penal, sin esa circunstancia eximente. Resulta manifiestamente inconstitucional, dice el auto, «otorgar cualquier clase de preferencia o privilegio en función de la ideología de los protagonistas», vulnerando «el derecho a la igualdad en la aplicación de la ley». Con unas u otras dimensiones, con unos u otros protagonistas, nos encontramos en el mismo escenario que en el caso de Begoña Gómez. Con el agravante aquí de que los «golpistas» no solo han omitido cualquier arrepentimiento en relación a su conducta antidemocrática, sino que han prometido volver a hacerlo.
«Nos encontramos al borde del último acto: la cesión de la soberanía fiscal a Cataluña»
El avance irresistible del privilegio, para atender a las ansias políticas de Pedro Sánchez, no se detiene aquí. Nos encontramos al borde del último acto: la cesión de la soberanía fiscal a Cataluña, tal y como la reclama ERC a modo de contrapartida para la elección de Salvador Illa al frente de la Generalitat. Cabe esperar un máximo de opacidad en el discurso de Sánchez si finalmente acede a tamaña destrucción del principio de justicia económica que debe regir las relaciones entre las comunidades autónomas (una vez asumida la vulneración histórica de los conciertos de Euskadi y Navarra). Pero al mismo tiempo, Aragonès se ve obligado a exhibir el éxito frente a la competencia y la oposición de Puigdemont.
Esta vez la gravedad del paso a dar es máxima, porque consagraría el privilegio económico otorgado por Sánchez a Cataluña, como siempre por un puñado de votos, en claro perjuicio para otras comunidades. Un paso más en la fragmentación del Estado, quizás previo a las ulteriores concesiones al nuevo status de Euskadi, dado sin las mínimas garantías democráticas y en claro detrimento de la igualdad ante la ley y de la igualdad económica, es decir, de la configuración democrática del Estado. Y, como ocurriera con la ley de amnistía, sin la menor concesión por parte de ERC en cuanto a renunciar al referéndum y al objetivo de la independencia.
En suma, el privilegio avanza en los diferentes planos de la vida política y judicial española, siempre respondiendo a los golpes dados por la prioridad absoluta que asumen los intereses de Pedro Sánchez y sin atender al enorme coste que puede suponer cada una de esas ventajas adquiridas sobre el principio democrático de la igualdad ante la ley.