Sánchez congela las pensiones y el salario mínimo hasta que haya Gobierno
Entre tanto, el salario mínimo interprofesional continuará en los 900 euros brutos anuales decretados en 2019
La revalorización de las pensiones del 0,9 % y la subida del salario mínimo interprofesional (SMI), ambas prometidas por Pedro Sánchez durante la campaña electoral, no se aprobarán hasta que se constituya el nuevo Gobierno y se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2020. Así lo ha declarado la ministra portavoz en funciones, Isabel Celáa, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros celebrado este viernes.
Además, han aprobado un decreto ley por el que se suspende la aplicación de la subida mínima del 0,25 % de las pensiones, establecida por el Gobierno del PP en la reforma de 2013.
El Ejecutivo ha considerado que es mejor aplicar «en cuanto sea posible» la revalorización del 0,9 % de una vez, ya que subir ahora un 0,25 % y posteriormente un 0,65 % duplicaría el coste en la comunicación a los pensionistas y malgastaría recursos en la logística para liquidar las dos subidas, según ha explicado Celaá.
En el caso del SMI Celaá ha dicho que la cuantía de la subida aún está pendiente de negociación y que, entre tanto, se ha aprobado la prórroga del real decreto por el que se fijó en 900 euros brutos mensuales para 2019.
El alza del SMI se aprueba, tradicionalmente, en el último Consejo de Ministros del año previa consulta con patronal y sindicatos. Sin embargo, incremento del 22,3 % del año pasado fue fruto del acuerdo entre PSOE y Unidas Podemos para los fallidos presupuestos de 2019.
En el marco de la negociación actual con Podemos para la formación de un Gobierno de coalición se ha especulado con la posibilidad de que subiera a 1.000 euros brutos mensuales en 2020, una cifra que Celaá no ha confirmado, limitándose a reiterar el compromiso socialista de que llegue al 60 % del salario medio al final de la Legislatura, en torno a 1.200 euros.
Prórroga a la cláusula de salvaguarda para los despedidos antes de abril de 2013
Por otra parte, Gobierno en funciones ha prorrogado otro año más la cláusula de salvaguarda incluida en la reforma de las pensiones de 2011, que mantiene las condiciones de jubilación previas.
Dicha cláusula afecta a trabajadores despedidos antes del 1 de abril de 2013 que se jubilarán a lo largo de 2020 y que todavía podrán acogerse a las condiciones previas a la reforma de 2011, tras la cual se hizo necesario tener más edad y más años cotizados para acceder a la jubilación anticipada forzosa a la que se ven abocadas las personas que no han podido volver a encontrar un empleo.
El objetivo inicial de esta cláusula, que el Gobierno del PP limitó a 2018 y el del PSOE ha ampliado por segundo año consecutivo, era garantizar la protección social de los trabajadores de edad avanzada despedidos que no volvieran a cotizar a la Seguridad Social, de modo que para jubilarse no se les exigiese requisitos distintos a los que ya tenían en el momento que se determinó el despido.
La edad legal de jubilación se va retrasando cada año en virtud del régimen transitorio establecido en la reforma de 2011, hasta llegar a los 67 años en 2027, mientras que la edad para la jubilación anticipada forzosa en caso de despido será siempre cuatro años inferior (dos años si la jubilación anticipada es voluntaria).
En 2020 la edad legal ordinaria será de 65 años y 10 meses, y la de la jubilación anticipada forzosa subirá a 61 años y 10 meses, si bien los protegidos por la cláusula de salvaguarda lo podrán seguir haciendo a los 61 con 30 años cotizados, frente a los 33 años establecidos con la reforma de 2011.