La Abogacía del Estado solicita al Supremo que permita a Junqueras tomar posesión como eurodiputado
Reclama que solicite a la mayor brevedad a la Eurocámara la suspensión de la inmunidad del exvicepresidente catalán
La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que permita que Oriol Junqueras pueda tomar posesión como eurodiputado y ejercer sus funciones mientras mantenga ese estatus, al tiempo que ha urgido al tribunal a tramitar «a la mayor brevedad» ante el Parlamento Europeo la suspensión de su inmunidad.
El Ministerio de Justicia ha informado en un comunicado del escrito presentado por la Abogacía ante el Supremo, al que insta a adoptar las medidas necesarias para que Junqueras pueda ejercer su misión parlamentaria y al tiempo se cumpla la sentencia del procés[contexto id=»381726″], que lo condenó a 13 años de prisión por sedición.
Una sentencia a la que la Abogacía otorga total validez al haberse dictado «con estricta observancia de las normas esenciales del procedimiento penal».
Esas son las líneas principales del informe remitido por los servicios jurídicos del Estado al Supremo con su propuesta para aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que determinó que Junqueras debió ser reconocido como eurodiputado y haber gozado de inmunidad.
Los servicios jurídicos del Estado ya plantearon en el mes de junio que el exvicepresidente catalán pudiera tomar posesión de su acta, un criterio que no fue atendido por el Supremo, que optó por elevar una cuestión prejudicial al TJUE que ha derivado en la reciente sentencia.
Una vez estudiada esa resolución judicial, la Abogacía cree que «cabría permitir» tanto el desplazamiento de Junqueras a la Junta Electoral Central como a la sede del Parlamento Europeo para cumplir los trámites necesarios para ser eurodiputado.
Es el mismo criterio fijado en junio, toda vez que la Junta Electoral Central no se ha pronunciado sobre la incompatibilidad de su condena con su condición de parlamentario europeo.
A juicio de la Abogacía, Junqueras debe poder ejercer su función representativa mientras mantenga el estatus de europarlamentario, pero al tiempo el Supremo debe pedir «a la mayor brevedad» a la Eurocámara que suspenda esa inmunidad.
Y, entre tanto, solicita que se apliquen las medidas oportunas para garantizar que «la libertad de movimientos» que implique la aplicación de esa inmunidad, «no pueda dar lugar a la fuga del penado y a la correspondiente frustración del derecho fundamental al cumplimiento de las sentencias».
Sugiere la Abogacía que el Supremo consulte esas medidas con la Eurocámara «en cuanto afectan al ámbito de competencia del Parlamento Europeo y al amparo del principio de cooperación leal».
La Abogacía del Estado aprovecha su escrito para subrayar que la nueva doctrina del TJUE es «novedosa y compleja» y para salir en defensa del Supremo al argumentar que su actuación se ajustó a la jurisprudencia europea anterior y que elevar la cuestión prejudicial «fue un acertado ejercicio».