El Supremo responderá en dos semanas las peticiones de las autonomías para restringir la movilidad tras el estado de alarma
Las regiones podrán apelar al alto tribunal si los tribunales superiores autonómicos tumban las medidas contra la movilidad
Las regiones podrán apelar al alto tribunal si los tribunales superiores autonómicos tumban las medidas contra la movilidad
Este domingo entra en vigor el decreto aprobado por el Consejo de Ministros que permitirá a los gobiernos autonómicos acudir al Tribunal Supremo para que se pronuncie sobre la posibilidad de limitar derechos fundamentales tras el decaimiento del estado de alarma.
El decreto contempla que, después de este 9 de mayo, las comunidades podrán recurrir al Supremo las medidas de restricción de la movilidad en caso de que los tribunales superiores de cada región las tumben.
Con esta medida, el Ejecutivo intenta evitar disparidad de criterios jurídicos entre territorios ya que habilita a los gobiernos autonómicos a presentar un recurso de casación ante el Supremo, que podría sentar jurisprudencia. La respuesta del TS, además, llegaría en un plazo máximo de dos semanas, al haber acortado el decreto los plazos judiciales habituales.
Con el fin del estado de alarma, las medidas que impliquen limitar derechos necesitan de aval judicial. Una decisión, la del decaimiento de este instrumento jurídico, que el Gobierno recalca que no tiene marcha atrás y ante la que insiste que las comunidades tienen instrumentos suficientes para hacerle frente sin necesidad de aprobar nuevas herramientas legales.