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Sánchez, el presidente que más ha utilizado el decreto ley

Varias fuerzas políticas denuncian el abuso que ha llevado a cabo el Ejecutivo con esta medida

Sánchez, el presidente que más ha utilizado el decreto ley

Varias fuerzas políticas denuncian el abuso que ha llevado a cabo el Ejecutivo con esta medida

Tras a penas un año y medio de legislatura, Pedro Sánchez se convierte en el presidente que más ha utilizado el decreto ley. Tanto la pandemia como la debilidad parlamentaria de su Ejecutivo han sido los ingredientes que han propiciado lo que la oposición califica como un «abuso que secuestra la labor parlamentaria».

El Gobierno ha aprobado un total de 48 decretos ley desde el inicio del mandato. 15 de ellos durante el periodo del primer estado de alarma. Después, durante este año 2021 ya han sido aprobados por el Consejo de Ministros nueve decretos más, de los cuales, dos están pendientes de que el Congreso de los Diputados los convalide.

Si bien es cierto que la pandemia justifica en buena medida el recurso a una figura legal extraordinaria y de urgente necesidad, lo cierto es que el Ejecutivo ha aprovechado para aprobar decisiones cuya urgencia ha resultado muy discutible. Un ejemplo de ello es el caso del decreto en el que se procedió a excluir al ex vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, en la comisión delegada que conoce los secretos oficiales. Posteriormente se produjo el decreto de medidas económicas para paliar los efectos de la pandemia en cuya disposición final segunda se procedió a colar una reforma de la ley reguladora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) para validad el nombramiento de Iglesias.

¿En qué consiste el decreto ley?

La fórmula del decreto ley está regulada en el artículo 86 de la Constitución. Se trata de una disposición legislativa que no puede afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, al régimen de las comunidades autónomas ni al Derecho electoral general.

Mientras sea utilizada bajo la premisa de urgencia, el decreto entra en vigor de forma inmediata. Sin embargo, debe ser convalidado por el Congreso de los Diputados en un plazo inferior a 30 días. Dicha ‘urgencia’ es la que limita la posibilidad de discusión y enmienda por parte de los grupos que deben conformarse únicamente con votar a favor, en contra o a lo sumo aprobar que el decreto sea posteriormente tramitado como proyecto de ley. Este último recurso también ha sido sorteado en numerosas ocasiones por el Gobierno de Sánchez, utilizando sucesivas ampliaciones del plazo de enmiendas para retrasar el debate y la votación.

El uso más perjudicial de esta medida es el denominado ‘decreto omnibus’ en el que se incluyen una variedad de normas que deben ser aprobadas o rechazadas en su conjunto y totalidad.

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